A pocos días de las elecciones generales del 12 de abril, el Jurado Nacional de Elecciones (JNE) recordó las restricciones que regirán en todo el país para garantizar el normal desarrollo del proceso electoral. Entre ellas, destaca la denominada ley seca, cuya vigencia ya tiene fecha definida y forma parte de un conjunto de medidas obligatorias.
Inicio y vigencia de la ley seca
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 351 de la Ley Orgánica de Elecciones, la restricción comenzará a regir desde las 08:00 horas del sábado 11 de abril y se extenderá hasta las 08:00 horas del lunes 13 de abril. Durante este intervalo, no está permitido «el expendio de bebidas alcohólicas de ninguna clase», lo que incluye la obligación de cerrar los establecimientos o espacios destinados exclusivamente a su comercialización.
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Alcances de la restricción
La norma establece que esta prohibición aplica a nivel nacional y comprende tanto locales comerciales como cualquier punto de venta autorizado. El objetivo es evitar situaciones que puedan alterar el orden público o interferir en el ejercicio del voto ciudadano durante el día de los comicios.
Asimismo, el organismo electoral precisó que el incumplimiento de esta disposición constituye una infracción sancionable. Según el inciso a) del artículo 390 de la Ley Orgánica de Elecciones, quienes vulneren la ley seca pueden enfrentar «pena privativa de libertad no mayor de seis meses» y una multa económica calculada en función del ingreso mínimo vital.
Fiscalización durante el proceso electoral
El Jurado Nacional de Elecciones indicó que se realizarán operativos de fiscalización en distintas regiones del país para verificar el cumplimiento de esta y otras restricciones electorales. Estas acciones buscan asegurar que la jornada del 12 de abril se desarrolle conforme al marco legal vigente y sin interferencias que afecten la voluntad del electorado.
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