Congreso aprueba compensación a usuarios por interrupción injustificada del servicio de agua

El Pleno del Congreso aprobó por unanimidad la norma que establece la devolución del pago y la compensación a los usuarios ante interrupciones injustificadas del servicio de agua potable y alcantarillado. La regulación modifica el Decreto Legislativo 1280 y dispone medidas de resarcimiento cuando la afectación sea atribuible a la empresa prestadora.

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Durante la sustentación del dictamen, la presidenta de la Comisión de Defensa del Consumidor (CODECO), congresista Katy Ugarte, expuso que la propuesta busca garantizar la continuidad del servicio bajo parámetros de equidad. La parlamentaria señaló:

No es aceptable que los usuarios, quienes ya financian a través de sus recibos las pólizas de seguro de las empresas prestadoras, queden sin un resarcimiento justo ante cortes injustificados que afectan su dignidad y su vida cotidiana.

La comisión destacó que las pólizas de responsabilidad civil de las empresas prestadoras no cubren interrupciones del servicio, pese a que su costo es asumido por los usuarios. Ugarte indicó que la modificación aprobada se ajusta al Código de Protección y Defensa del Consumidor y recordó antecedentes como los registrados en Villa María del Triunfo (2012) y San Juan de Lurigancho (2019 y 2021), donde miles de familias no recibieron compensaciones oportunas.

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El texto aprobado dispone que, ante una interrupción injustificada atribuible al prestador, este deberá devolver el pago correspondiente al periodo afectado y compensar al usuario por el tiempo sin servicio. Según el documento:

La autógrafa observada propone modificar el Decreto Legislativo 1280 con el fin de incorporar una disposición que ordene la devolución del pago y la compensación a los usuarios ante interrupciones injustificadas del servicio de agua potable o alcantarillado atribuibles al prestador. […], cuando la suspensión afecte derechos fundamentales vinculados al acceso al servicio, la entidad prestadora deberá devolver al usuario el monto correspondiente al periodo sin suministro y otorgar una compensación adicional por el tiempo en que no contó con el servicio. 

Asimismo, se informó que el mecanismo guarda concordancia con prácticas aplicadas en el sector saneamiento de Colombia y con el sistema de compensación administrativa del servicio eléctrico en el Perú.


Dictamen de allanamiento, aprobado por mayoría, recaído en las observaciones formuladas por la Presidenta de la República a la Autógrafa de la ley recaída en el Proyecto de Ley 4553/2022-CR, que propone la Ley que modifica el Decreto Legislativo 1280, Decreto Legislativo que aprueba la Ley del Servicio Universal de Agua Potable y Saneamiento, para disponer la compensación al usuario en caso de interrupción del servicio de agua potable y
saneamiento

DICTAMEN

COMISION DE DEFENSA DEL CONSUMIDOR Y ORGANISMOS REGULADORES DE LOS SERVICIOS PUBLICOS

PERÍODO ANUAL DE SESIONES 2024 – 2025

Señor presidente:

Ha sido remitido para dictamen de la Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos las observaciones formuladas por la presidenta de la República a la Autógrafa de la «Ley que modifica el Decreto Legislativo 1280, Decreto Legislativo que aprueba la ley marco de la gestión y prestación de los servicios de saneamiento, para disponer la devolución de pago y compensación al usuario en caso de interrupción del servicio de agua potable o alcantarillado». (Proyecto de Ley 4553/2022-CR); derivado a la Comisión con fecha 05 de noviembre de 2024.

En la Décima Primera Sesión Ordinaria de la Comisión realizada el martes 11 de marzo de 2025, el dictamen de allanamiento recaído en el Proyecto de Ley 4553/2022-CR fue aprobado por mayoría, con 12 votos a favor de los señores congresistas Idelso Manuel García Correa, Ernesto Bustamante Donayre, Guido Bellido Ugarte, Auristela Ana Obando Morgan, Cesar Manuel Revilla Villanueva, Rosío Torres Salinas, Nivardo Edgar Tello Montes, Waldemar José Cerrón Rojas, Flavio Cruz Mamani, Wilson Soto Palacios, Guillermo Bermejo Rojas y Jorge Alberto Morante Figari, sin votos en contra, con el voto en abstención de la congresista Noelia Rossevith Herrera Medina.

I. SITUACIÓN PROCESAL

La Comisión de Defensa del Consumidor y Organismos Reguladores de los Servicios Públicos del Periodo Anual de Sesiones 2022-2023 en la Vigésima Primera Sesión Ordinaria, realizada el lunes 13 de junio de 2023, aprobó por mayoría, con 13 votos a favor de los señores congresistas miembros titulares de la Comision: Elias Marcial Varas Meléndez, Digna Calle Lobatón, Rosangella Andrea Barbarán Reyes, Jorge Alberto Morante Figari, Auristela Ana Obando Morgan, Kelly Roxana Portalatino Avalos, Margot Palacios Huaman, Jorge Luis Flores Ancachi, Miguel Angel Ciccia Vásquez, Guillermo Bermejo Rojas, Sigrid Tesoro Bazán Narro, Segundo Teodomiro Quiroz Barboza y Paul Silvio Gutierrez Ticona. La congresista Adriana Josefina Tudela Gutierrez votó en contra. Sin abstenciones. (Proyectos de Ley 4553/2022-CR).

[Continúa…]

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Periodista. Bachiller en Ciencias de la Comunicación y estudiante de Derecho. Con experiencia en prensa escrita, cobertura en la sección de Actualidad y análisis noticioso con enfoque social. Hoy en el área de Redacción periodística de LP Derecho.