El Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprobó, mediante la Resolución Administrativa 000414-2025-CE-PJ, el “Código de Conducta del Poder Judicial – Versión 001”. El documento, elaborado por la Unidad de Integridad, fija estándares de comportamiento ético para jueces y servidores, con énfasis en la prevención de la corrupción y los conflictos de interés.
Aprueban el “Código de Conducta del Poder Judicial” – Versión 001
Consejo Ejecutivo
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 000414-2025-CE-PJ
Lima, 7 de noviembre del 2025
VISTOS:
El Oficio N° 001240-2025-GG-PJ, de la Gerencia General del Poder Judicial, que contiene el Informe N° 001235-2025-GAJ-GG-PJ, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorando N° 001151-2025-GMPP-GG-PJ, de la Gerencia de Modernización Planeamiento y Presupuesto, el Informe N° 000216-2025-SM-GMPP-GG-PJ, elaborado por la Subgerencia de Modernización, y el Memorando N° 000014-2025-UI-PJ, de la funcionaria responsable de la Unidad de Integridad.
CONSIDERANDO:
Primero. Que, la Ley N° 27658, “Ley Marco de Modernización de Gestión del Estado”, prescribe que el proceso de modernización de la gestión del Estado tiene por objeto establecer los principios y la base legal, para iniciar el proceso de modernización de la gestión del Estado en todas sus instituciones e instancias, siendo su finalidad fundamental la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos, cuyo objetivo es alcanzar un Estado al servicio de la ciudadanía; estableciendo en el numeral 5-A.1 del artículo 5-A, que el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública, tiene por finalidad la racionalidad de la estructura, organización y funcionamiento del Estado.
Segundo. En el marco de la norma antes citada, con la Resolución Administrativa N° 000341-2023-CE-PJ1 se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial, el cual se implementó por tramos a partir del 1 de octubre de 2024, conforme a lo dispuesto en la Resolución Administrativa N° 000302-2024-CE-PJ2; asimismo, mediante Resolución Administrativa N° 000420-2024-CE-PJ3, se dispuso la implementación de los artículos 40 y 41 del Reglamento de Organización y Funciones del Poder Judicial, que crea la Unidad de Integridad y determina sus funciones.
Tercero. La Unidad de Integridad es la unidad orgánica de apoyo dependiente del Consejo Ejecutivo, encargada de desarrollar mecanismos e instrumentos dirigidos a promover la integridad en el trabajo; así como interiorizar los valores y principios de los/as servidores/as en el ejercicio de sus funciones, vinculados con el uso adecuado de los fondos y atribuciones de la función pública en el Poder Judicial.
Cuarto. En el ámbito de sus funciones, la responsable de la Unidad de Integridad del Poder Judicial propone el proyecto de “Código de Conducta del Poder Judicial”, formulado en el marco de la Ley N° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública, la cual establece los principios, deberes y prohibiciones éticos, que rigen a los servidores públicos de las entidades de la Administración Pública; en el Decreto Supremo N° 092-2017-РCM, que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; en el Decreto Supremo N° 042-2018-PCM, que establece medidas para fortalecer la integridad pública y lucha contra la corrupción, y crea la Secretaría de Integridad Pública en la Presidencia del Consejo de Ministros, como órgano responsable de ejercer técnicamente la rectoría de la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción; y en el Decreto Supremo N° 044-2018-PCM4, Decreto Supremo que aprueba el Plan Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción 2018-2021, en el cual se incluye la “Tabla N° 11. Modelo de Integridad para las entidades del sector público”.
Quinto. A través de la Resolución Administrativa N° 000247-2023-CE-PJ5, se aprobó la Directiva N° 004-2023-CE-PJ denominada “Disposiciones para el Desarrollo de Documentos Normativos en el Poder Judicial – Versión 003”, que regula el proceso para la formulación, revisión, aprobación y difusión estandarizada de Documentos Normativos en el Poder Judicial; la cual en el numeral 6.1 dispone que: Son documentos normativos, todos aquellos destinados a organizar y ejecutar actos de administración interna en el Poder Judicial, como los descritos en el numeral 1.2.1 del artículo 1 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 27444 -Ley del Procedimiento Administrativo General, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2019-JUS.
Sexto. Que, la Subgerencia de Modernización, en el ámbito de sus funciones, señala que la propuesta de documento es coherente, pertinentes y está alineada a los procesos a regular, orientado al logro de los objetivos institucionales, busca la simplicidad, y su contenido es accesible; asimismo, precisa que al no tratarse de un documento normativo definido en la Directiva N° 004-2023-CE-PJ; no corresponde asignársele una codificación, pero sí corresponde una versión, generándose la versión 001; a fin de cumplir con el control documentario en el marco de la NTP ISO 37001-2017 del Sistema de Gestión Antisoborno del Poder Judicial.
Sétimo. De otro lado, la Gerencia de Asesoría Jurídica informa que luego del análisis del contenido y alcances del proyecto de “Código de Conducta del Poder Judicial”, advierte que tiene por finalidad fortalecer el desempeño ético, establecer estándares claros de conducta que se reflejen en actitudes, comportamientos, reglas de actuación que promuevan un servicio de justicia íntegro, eficiente y orientado al ciudadano, previniendo actos de corrupción, conflictos de interés, y prácticas contrarias a la ética pública.
Octavo. En ese contexto, mediante Oficio N° 001240-2025-GG-PJ, la Gerencia General del Poder Judicial, remite el documento propuesto, el cual cuenta con la opinión técnica favorable de la Subgerencia de Modernización emitida mediante el Informe N° 000216-2025-SM-GMPP-GG-PJ, así como la opinión favorable de la Gerencia de Modernización, Planeamiento y Presupuesto, emitida a través del Memorando N° 001151-2025-GMPP-GG-PJ, y la opinión legal favorable de la Gerencia de Asesoría Jurídica de la Gerencia General del Poder Judicial, emitida mediante Informe N° 001235-2025-GAJ-GG-PJ.
Noveno. Que, de conformidad con la disposición establecida en el Numeral 7.1, de las Disposiciones Específicas de la Directiva N° 004-2023-CE-PJ, relacionada a la tipología, definición, finalidad y nivel de aprobación, corresponde a este Órgano de Gobierno, aprobar el documento normativo propuesto por la Unidad de Integridad del Poder Judicial.
Décimo. Que, el artículo 82, inciso 26), del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial determina como función y atribución del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia.
Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo N° 1481-2025 de la quincuagésima tercera sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de fecha 05 de noviembre de 2025, realizada con la participación de las señoras Tello Gilardi y Barrios Alvarado, y los señores Bustamante Zegarra, Cáceres Valencia y Zavaleta Grández; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad,
SE RESUELVE:
Artículo Primero. Aprobar el “Código de Conducta del Poder Judicial” – Versión 001.
Artículo Segundo. Publicar la presente resolución y el documento aprobado, en el Portal Institucional del Poder Judicial (www.pj.gob.pe), para su difusión y cumplimiento.
Artículo Tercero. Notificar la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Presidencias de las Salas de la Corte Suprema de Justicia de la República, Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial, Oficina de Administración de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidentes de la Cortes Superiores de Justicia del país, Órgano de Control Institucional, Procuraduría Pública del Poder Judicial; y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines pertinentes.
Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.
JANET TELLO GILARDI
Presidenta
CÓDIGO DE CONDUCTA DEL PODER JUDICIAL
1. INTRODUCCIÓN
El Código de Conducta del Poder Judicial es un instrumento orientador que busca fomentar y fortalecer en los servidores de este Poder del Estado, independientemente de su relación laboral o contractual, conductas íntegras y éticas acordes a los principios, deberes y prohibiciones establecidos en el Código de Ética de la Función Pública y el Código de Ética del Poder Judicial, que permitan consolidar en la institución una cultura organizacional basada en la integridad que contribuya al cumplimiento de los objetivos estratégicos institucionales, así como a la mejora de la imagen institucional.
Además, es una pieza clave para potenciar las políticas de integridad y prevenir posibles conflictos éticos en este Poder del Estado, que pueden devenir en actos de corrupción e infracciones administrativas contrarias a la misión, valores y principios institucionales.
.El Poder Judicial elabora, el presente código de conducta en el marco de la implementación del Modelo de Integridad, Componente “Políticas de Integridad”, el cual tiene por finalidad fortalecer la cultura organizacional basada en la integridad en el Poder Judicial, para incrementar su capacidad de prevención y respuesta frente a prácticas antiéticas o corruptas; el correcto ejercicio ético de la función pública y, asegurar un servicio orientado al interés general y a la creación de valor público.
Este Código, se enmarca en la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción (D.S. N.° 092-2017-PCM, D.S. N.° 044-2018-PCM), el Modelo de Integridad aprobado por D.S. N.° 148-2024-PCM y las disposiciones de la Secretaría de Integridad Pública (SIP).
2. FINALIDAD
Fortalecer el desempeño ético, establecer estándares claros de conducta que, se reflejen en actitudes, comportamientos, reglas de actuación que promuevan un servicio de justicia íntegro, eficiente y orientado al ciudadano, previniendo actos de corrupción, conflictos de interés y prácticas contrarias a la ética pública.
3. OBJETIVOS
3.1. Objetivo General: Establecer un marco de comportamiento ético y profesional, para consolidar la cultura de integridad en el Poder Judicial, garantizando que la administración de justicia se brinde con imparcialidad, probidad y respeto a los principios del Estado de derecho en el marco del Código de Ética de la Función Pública y Código de Ética del Poder Judicial.
3.2. Objetivos Específicos:
• Establecer el estándar de comportamiento ético y deontológico que deben mantener los servidores del Poder Judicial.
• Proporcionar un documento orientador con lineamientos sobre las conductas esperadas en el desempeño de las funciones y en las interacciones laborales.
• Concientizar sobre las conductas no esperadas en el desempeño de las funciones y en las interacciones laborales.
• Fomentar el compromiso de los servidores con la institución y el servicio público esencial que brinda.
• Mejorar los niveles de eficiencia en todos los servidores del Poder Judicial.
• Garantizar el uso adecuado de los recursos públicos asignados al Poder Judicial.
• Fortalecer una imagen de respeto irrestricto a los derechos e interés de los usuarios del Poder Judicial.
• Definir los estándares de comportamiento ético exigibles a jueces, funcionarios y servidores judiciales.
• Prevenir riesgos de corrupción y conflictos de interés en el ejercicio de las funciones.
• Promover la transparencia, la rendición de cuentas y la confianza ciudadana en la justicia.
• Contribuir al cumplimiento del Modelo de Integridad mediante la aplicación de este Código como instrumento de gestión.
• Reforzar la responsabilidad de todos los niveles jerárquicos en la observancia de los valores institucionales.
4. ALCANCE
El presente Código, es de aplicación obligatoria para todos los servidores del Poder Judicial, tanto administrativos como jurisdiccionales; jueces, funcionarios, directivos y servidores, independientemente de la relación laboral y/o modalidad contractual al que se encuentren sujetos.
5. DOCUMENTOS NORMATIVOS
5.1. Constitución Política del Perú.
5.2. Ley N.° 26771, Ley que establece prohibición de ejercer la facultad de nombramiento y contratación de personal en el Sector Público, en casos de parentesco.
5.3. Ley N.° 27815, Ley del Código de Ética de la Función Pública.
5.4. Ley N.° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado.
5.5. Ley N.° 28716, Ley de Control Interno de las Entidades del Estado.
5.6. Ley N.° 29277, Ley de la Carrera Judicial.
5.7. Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil.
5.8. Ley N.° 31564, Ley de prevención y mitigación del conflicto de intereses en el acceso y salida de personal del servicio público.
5.9. Decreto Supremo N.° 017-1993-JUS, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial.
5.10. Decreto Supremo N.° 092-2017-PCM, Decreto Supremo que aprueba la Política Nacional de Integridad y Lucha contra la Corrupción.
5.11. Decreto Supremo N.° 021–2019–JUS, Decreto Supremo que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley N.° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública.
5.12. Decreto Supremo N.° 004-2019-JUS, Texto Único Ordenado de la Ley de Procedimiento Administrativo General.
5.13. Decreto Supremo N.° 148-2024-PCM, que aprueba el Modelo de Integridad.
5.14. Resolución de Secretaría de Integridad Pública N.° 002-2021-PCM/SIP, que aprueba la Directiva N.° 002-2021-PCM/SIP, denominada Lineamientos para fortalecer una cultura de integridad en las entidades del sector público.
5.15. Resolución Administrativa N.° 081-2019-CE-PJ, que aprueba el Reglamento de Código de Ética del Poder Judicial.
5.16. Acuerdo de Sala Plena N.° 061-2018 de la Corte Suprema de Justicia de la República, que aprueba el Código de Ética del Poder Judicial del Perú.
5.17. Resolución Administrativa N.° 000481-2023-CE-PJ, que aprueba el Reglamento Interno de Trabajo del Poder Judicial.
5.18. Resolución Administrativa N.° 000052-2024-CE-PJ, que aprueba el Plan Estratégico Institucional del Poder Judicial – PEI 2021-2030 Modificado.
6. DEFINICIONES
6.1. Código de Conducta: Es un documento que describe el comportamiento que se espera de los servidores públicos en las entidades del Estado; tiene por objetivo brindar una guía de comportamiento, precisando las conductas que, a su vez, están alineadas a los valores de la institución.
6.2. Conducta esperada: Comportamiento alineado con valores, principios y deberes institucionales.
6.3. Conducta no esperada: Actuación que vulnera valores, deberes o normas y genera riesgo de integridad.
6.4. Conflicto de intereses: Situación en la que los intereses personales o de terceros afectan o pueden afectar la imparcialidad de las decisiones funcionales.
6.5. Cultura de integridad: Expresión de saberes y prácticas compartidas en una entidad pública donde se actúa de manera consistente con sus valores organizacionales y en coherencia con el cumplimiento de los principios, deberes y normas destinados a asegurar el interés general, luchar contra la corrupción y elevar permanentemente los estándares de la actuación pública.
6.6. Deberes: Son obligaciones que determinan el obrar correcto, guían las acciones y formas de convivencia, permitiendo un adecuado cumplimiento de las funciones en la administración pública. El servidor público debe actuar con neutralidad, transparencia, discreción, ejercicio adecuado del cargo, uso adecuado de los bienes del Estado y responsabilidad.
6.7. Información privilegiada: Aquella a la que los servidores del Poder Judicial tienen acceso en el ejercicio de sus funciones, tiene carácter reservado o confidencial, o careciendo de dicho carácter, resulte privilegiada por su contenido relevante, y puede ser susceptible de emplearse indebidamente en beneficio propio o de terceros, directa o indirectamente.
6.8. Integridad Pública: Es la actuación coherente con valores, principios y normas, que promueven y protegen el desempeño ético de la función pública, de modo que los poderes y recursos confiados al Estado se dispongan hacia los fines que se destinaron, asegurando que el servicio público a la ciudadanía se oriente al interés general y a la creación de valor público.
6.9. Modelo de Integridad: Es el conjunto de orientaciones organizadas de manera sistémica en componentes, para fortalecer la capacidad de prevención y de respuesta del Poder Judicial frente a la corrupción y diversas prácticas antiéticas.
6.10. Principios: Son el conjunto de valores, creencias, normas que orientan el accionar de la persona dentro de la sociedad para resolver dilemas, solucionar problemas o conflictos y adoptar la mejor decisión a favor del servicio público. El servidor público debe adecuar su conducta hacia los principios de respeto, probidad, eficiencia, idoneidad, veracidad, lealtad y obediencia, justicia y equidad, y lealtad al estado de derecho.
6.11. Prohibiciones: Son limitaciones a la conducta por ser contrarias a la ética o al ordenamiento normativo. El servidor público está impedido de mantener intereses en conflicto, obtener ventajas indebidas, realizar actividades de proselitismo político, hacer mal uso de información privilegiada o ejercer presión, amenaza, acoso u otras conductas indebidas.
6.12. Servidor del Poder Judicial: Juez, funcionario, directivo o servidor, independientemente de la relación laboral o modalidad contractual al que se encuentre sujeto, que mantiene vínculo laboral vigente con el Poder Judicial.
6.13. Valores: Definen lo que es importante y correcto y, como tal, constituyen los fundamentos que deben guiar las decisiones institucionales y las del personal.
7. DISPOSICIONES GENERALES
7.1. MISIÓN DEL PODER JUDICIAL
Ejercer la administración de justicia con independencia, transparencia, eficiencia y probidad, contribuyendo al fortalecimiento de la democracia y el Estado de derecho.
7.2. PRINCIPIOS INSTITUCIONALES
a. Legalidad: Mostramos que la legalidad es toda aquella intervención o decisión que, se encuentra fundada en Derecho, entendido este último, en su más amplio sentido y que se basa además en la técnica e interpretación jurídica que mayor certeza genere en la solución de los conflictos.
b. Independencia: Asumimos la actitud de no aceptar influencias provenientes del sistema social, que son ajenas al Derecho.
c. Transparencia: Actuamos en base a la verdad y a las normas facilitando el acceso a la información clara y oportuna.
d. Probidad: Permite orientar la conducta de los jueces, juezas y servidores judiciales, exigiendo actuar con rectitud, integridad y honestidad en el ejercicio de sus funciones. Implica rechazar cualquier forma de corrupción, conflicto de intereses o uso indebido de los recursos públicos, garantizando que las decisiones y actuaciones se enmarquen en la legalidad y en el interés general de la justicia.
e. Rendición de cuentas: Obligación institucional del Poder Judicial de informar, explicar y justificar periódicamente el uso de los recursos públicos, el cumplimiento de metas y la calidad de los servicios prestados. Este principio garantiza la transparencia, permite el control social y fortalece la confianza ciudadana en la administración de justicia, al evidenciar resultados concretos y medibles.
f. Servicio al ciudadano: Orienta la razón de ser del Poder Judicial, asegurando que toda actividad jurisdiccional y administrativa esté dirigida a satisfacer las necesidades de la población con oportunidad, accesibilidad, celeridad y trato digno. Este principio reconoce a la ciudadanía como el eje central de la función pública, promoviendo una justicia eficiente, inclusiva y de calidad.
7.3. VALORES INSTITUCIONALES
a. Profesionalismo: Nos caracterizamos por dar una respuesta con la más alta excelencia y conocimiento profundo de la teoría, técnica y práctica, por lo cual nuestros colaboradores deben siempre actualizarse y capacitarse con objeto de elevar la calidad de las actividades que les corresponda desempeñar
b. Honradez: Ejercemos la honradez entendida, como la honorabilidad y la integridad en el actuar, sin esperar ni pedir nada que no sea cumplir con la función en los términos que el propio Derecho exige.
c. Respeto: Practicamos el respeto hacia todas las personas en nuestro accionar permanente institucional.
8. RESPONSABLES
8.1. Consejo Ejecutivo del Poder Judicial: responsable de disponer el inmediato cumplimiento del Código de Conducta en todos los órganos y unidades orgánicas del Poder Judicial a nivel nacional.
8.2. Gerencia de Recursos Humanos: responsable de coadyuvar en promover el fortalecimiento de la cultura de integridad en el Poder Judicial.
8.3. Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional: responsable de disponer de las acciones pertinentes para la difusión del Código de Conducta en todo el Poder Judicial.
8.4. Unidad de Integridad: responsable de fortalecer la cultura de integridad, así como de asistir a la Gerencia de Recursos Humanos, respecto de las conductas esperadas en el contexto y situaciones particulares en materia de Integridad, por parte de todos los servidores en el Poder Judicial.
8.5. Autoridad Nacional de Control del Poder Judicial – Oficinas de Autoridad Nacional de Control y las que ejecuten sus procesos: responsable de la prevención de las prácticas antiéticas y/o indebidas en la función jurisdiccional.
8.6. Los servidores del Poder Judicial: responsables de aplicar los principios, valores, deberes y prohibiciones descritos en el presente Código en el desarrollo de sus funciones, así como orientar su conducta de acuerdo a los preceptos, los valores y principios éticos derivados en el presente Código de Conducta.
9. CONDUCTAS ESPERADAS Y NO ESPERADAS DE LOS SERVIDORES DEL PODER JUDICIAL
9.1. PRINCIPIOS Y VALORES
Todos los servidores del Poder Judicial, actúan conforme a los siguientes principios y valores que permitan cumplir la misión y alcanzar los objetivos institucionales.
9.1.1. JUSTICIA Y EQUIDAD
Orientar toda actuación a garantizar la tutela efectiva de los derechos fundamentales, resolviendo los conflictos con equidad, celeridad y respeto a la dignidad humana, promoviendo la paz social y el Estado de Derecho.
a) Ejemplos de conductas esperadas
● Tomar decisiones de forma objetiva, basándose en evidencias y datos veraces.
● Brindar igualdad de trato y de oportunidades al usuario judicial y a los servidores del Poder Judicial, de acuerdo a su condición de vulnerabilidad.
● Promover la igualdad de oportunidades y la meritocracia entre los servidores del Poder Judicial e impulsar el trabajo en equipo.
b) Ejemplos de conducta no esperadas
● Brindar una atención diferenciada a las personas por prejuicios y discriminación.
● Favorecer a un ciudadano que no cuenta con evidencias que sustenten su petitorio.
● Atender a usuarios usando criterios de afinidad amical, familiar, política, entre otras.
9.1.2. IMPARCIALIDAD JUDICIAL
Ejercer la función sin discriminación, favoritismo ni prejuicio, asegurando que los derechos de las personas sean respetados y que las decisiones se fundamenten en la objetividad y la evidencia.
a) Ejemplos de conductas adecuada
● Actuar y adoptar decisiones sin discriminación por razones de raza, sexo, origen, cultura, condición o de cualquier otra índole, en el ejercicio de sus funciones.
● Proceder y adoptar decisiones de manera objetiva y justa sin favorecer intereses particulares y/o de terceros.
b) Ejemplos de conductas no adecuada
● Ejercer las funciones con prejuicios que puedan incidir de modo negativo en la adopción de decisiones.
● Promover o defender intereses particulares y/o de terceros.
9.1.3. RESPETO
Conocer, respetar y hacer cumplir la Constitución Política, así como las leyes, el Código Penal, el Código Procesal Penal, el Código Civil y el Código Procesal Civil, los documentos y reglamentos internos, para el cumplimiento del debido proceso; así como el cumplimiento del Código de Ética de la Función Pública y el Código de Ética del Poder Judicial. En aquellos casos no contemplados por la Ley o donde existan espacios para la interpretación, se debe conducir con criterios de ética, transparencia y rendición de cuentas e integridad.
Reconocer la dignidad de toda persona en el ejercicio de la función judicial y administrativa, promoviendo un trato cordial, inclusivo y tolerante, tanto hacia la ciudadanía como dentro de la propia organización judicial.
a) Ejemplos de conductas adecuada
● Utilizar los criterios de ética, transparencia e integridad, considerando las disposiciones de la Ley del Código de Ética de la Función Pública y el Código de Ética del Poder Judicial, cuando no haya regulación normativa o exista posibilidad de interpretación.
● Garantizar en cada una de nuestras funciones el respeto a los derechos fundamentales de los usuarios y servidores del Poder Judicial.
● Ser cordiales con los usuarios del Poder Judicial durante su interacción con este Poder del Estado, brindando un servicio con amabilidad, igualdad y equidad.
● Aceptar y valorar las diferencias de opinión, creencia, procedencia y otras características personales.
b) Ejemplos de conductas no adecuada
● Discriminar a los demás por su condición social, religiosa, económica, étnica o de cualquier orden.
● Realizar conductas contrarias a la dignidad de los usuarios y servidores judiciales.
● Realizar conductas de bullying laboral (mobbing), sean estas de forma verbal, escrita o gestual, que van en contra de la dignidad e integridad de las personas.
● Emplear personal bajo su cargo para actividades que no son parte de su función y vulnera su dignidad.
9.1.4. INTEGRIDAD
Actuar de manera recta y coherente con los principios constitucionales, rechazando todo acto de corrupción o beneficio indebido, garantizando que las decisiones y actuaciones judiciales respondan únicamente a la ley y al interés público.
a) Ejemplos de conductas adecuada
● Actuar con honradez, honestidad y respeto a los demás en el ejercicio de las funciones.
● Desarrollar actividades alineadas a los valores institucionales.
● Ser coherente en el accionar, en relación a los principios y valores de la entidad con rectitud y respeto a la Ley.
● Denunciar actos de corrupción y comportamientos indebidos.
b) Ejemplos de conducta no adecuadas
● Utilizar el cargo para favorecer a alguna persona por un interés propio o ajeno en el cumplimiento de sus funciones.
● Realizar las labores funcionales sin respeto a los valores institucionales, buscando obtener un aprovechamiento.
● Guardar silencio frente a irregularidades.
● No denunciar actos de corrupción y comportamientos indebidos.
9.1.5. LEALTAD Y OBEDIENCIA
Actuar con fidelidad y solidaridad hacia todos los servidores y usuarios del Poder Judicial, cumpliendo las órdenes que le imparta el superior jerárquico competente, en la medida que reúnan las formalidades del caso y tengan por objeto la realización de actos de servicio que se vinculen con las funciones a su cargo.
a) Ejemplos de conductas adecuadas
● Cumplir las directivas y directrices dadas por el superior jerárquico, observando las metas y objetivos institucionales.
● Apoyar solidariamente a los compañeros para lograr los objetivos institucionales propuestos.
● Informar al superior jerárquico los casos en que se advierta que la disposición impartida no se ajusta a la normativa aplicable.
b) Ejemplos de conducta no adecuadas.
● Desacatar las disposiciones institucionales u órdenes del superior jerárquico.
● Anteponer los intereses personales frente a los institucionales.
● Tomar decisiones sin estar facultados para ello o no se cuente con autorización expresa.
9.1.6. EFICIENCIA
Servir con calidad en las funciones a su cargo, procurando obtener una capacitación sólida y permanente, así como optimizando los procesos para obtener los mejores resultados.
a) Ejemplos de conductas adecuadas
● Ejercer adecuadamente las labores jurisdiccionales y administrativas, orientando a los usuarios, respecto a sus solicitudes.
● Participar activamente en las capacitaciones organizadas por la entidad, que permitan el desarrollo óptimo de las funciones para brindar un servicio de calidad.
● Desarrollar funciones con calidad contribuyendo al cumplimiento de los objetivos del órgano o unidad orgánica en la que se encuentran desarrollando sus funciones.
● Brindar el servicio en el ámbito de sus funciones asignadas, dentro del plazo.
b) Ejemplos de conducta no adecuadas.
● Incumplir con la debida tramitación en la atención al usuario.
● No asistir a las capacitaciones y especializaciones que permitan una mejora progresiva en el desarrollo de las funciones.
● Realizar las funciones asignadas fuera del plazo establecido.
9.1.7. DILIGENCIA JUDICIAL
El Juez y personal de apoyo a la labor jurisdiccional deben desempeñar sus funciones de manera diligente, laboriosa y responsable, actualizando permanentemente sus conocimientos.
a) Ejemplos de conductas esperadas
● Ejercer las funciones sin interrupciones o dilaciones injustificadas.
● Actuar con el debido interés y cuidado para la adopción de decisiones justas y oportunas.
b) Ejemplos de conductas no esperadas
● Ejercer las funciones con desinterés y falta de cuidado.
● No redactar las resoluciones con un lenguaje claro, coherente y ordenado.
9.1.8. VERACIDAD
Expresarse con autenticidad en las relaciones funcionales con todos los miembros de la institución y con la ciudadanía, contribuyendo al esclarecimiento de los hechos.
a) Ejemplos de conductas esperadas
● Cumplir las funciones con autenticidad consignando, en los documentos que se elaboran, información veraz y confiable.
● Actuar con honestidad, rectitud y transparencia durante cualquier acto funcional y personal.
● Responder con exactitud y veracidad a requerimientos de información.
● Evitar actuar con ligereza o negligencia, minimizando riesgos durante el desarrollo de nuestras funciones.
b) Ejemplos de conductas no esperadas
● Presentar información falsa o alterada.
● Ocultar hechos en un proceso o no declarar la verdad.
● Adulterar información contenida en documentos institucionales con el objetivo de lograr un beneficio propio o para terceros.
9.1.9. PROBIDAD
Actuar con rectitud, honradez y honestidad, priorizando el interés público sobre el interés personal, rechazando todo provecho ilícito o ventaja patrimonial inapropiada, obtenida para sí u otros.
a) Ejemplos de conductas esperadas
● Rechazar influencias en la toma de decisiones en el cumplimiento de las funciones.
● Usar los bienes públicos para fines institucionales, adoptando criterios de racionalidad, optimización y ahorro.
● Practicar una actitud de apertura, acercamiento, transparencia y rendición de cuentas de las acciones propias.
● Cumplir con los horarios establecidos y demás compromisos institucionales.
b) Ejemplos de conductas no esperadas
● Aceptar regalo y reconocimientos provenientes de los usuarios en algún procedimiento administrativo o judicial.
● Utilizar bienes institucionales para fines personales.
● Realizar cobros por servicios a los que los usuarios del Poder Judicial deberían acceder de forma gratuita.
9.1.10. AUTONOMIA E INDEPENDENCIA JUDICIAL
El Juez y personal de apoyo a la labor jurisdiccional representan y preservan la independencia judicial en todos sus actos, tanto individuales como institucionales.
a) Ejemplos de conductas esperadas:
● Ejercer las funciones rechazando cualquier intento de influencia jerárquica, política, social, económica o de amistad, de grupos de presión o de cualquier otra índole.
● Censurar el desarrollo de actividades o la aceptación de encargos públicos o privados que obstaculicen el pleno y correcto desenvolvimiento de su función jurisdiccional.
b) Ejemplos de conductas no esperadas:
● Adoptar decisiones contrarias al ordenamiento jurídico y al derecho por presión política, jerárquica o de cualquier otra índole.
● Aceptar encargos públicos o privados que condicionen u obstaculicen la autonomía funcional.
9.2. DEBERES
Los jueces, funcionarios, directivos o servidores del Poder Judicial, independientemente de la relación laboral o modalidad contractual al que se encuentren sujetos, actúan de acuerdo con los siguientes deberes:
9.2.1. NEUTRALIDAD
Actuar con imparcialidad en el desempeño de sus funciones demostrando independencia a sus vinculaciones con personas, partidos políticos o instituciones.
a) Ejemplos de conductas esperadas:
● Las decisiones que se tomen no deben adoptarse por consideraciones de naturaleza política y/o económica.
● Abstenerse de actuar y/o emitir opiniones o comentarios que revelen preferencias políticas o ideológicas durante el ejercicio de las funciones.
● Garantizar la neutralidad en el ejercicio de sus funciones, teniendo en cuenta los impedimentos y las prohibiciones establecidas en la norma.
● Garantizar que el ejercicio funcional se realice con celeridad y debida motivación en la toma de decisiones.
b) Ejemplos de conductas no esperadas:
● Adoptar decisiones en contra de lo dispuesto en el marco legal por presiones de tipo político y/o económico.
● Utilizar su cargo para promover causas personales o políticas dentro de la institución.
● No realizar con celeridad y debida motivación el ejercicio funcional en la toma de decisiones.
9.2.2. TRANSPARENCIA
Ejercer las funciones de manera transparente, abierta y accesible, proporcionando información fidedigna, completa y oportuna sobre las actuaciones institucionales, los procesos y las decisiones, salvo aquella información legalmente protegida.
a) Ejemplos de conductas esperadas:
● Facilitar la información pública solicitada por los ciudadanos en los plazos y formas establecidos por la ley de transparencia y acceso a la información pública.
● Mantener registros claros y completos de todas las actuaciones administrativas y judiciales para su eventual consulta.
● Impulsar de forma efectiva el acceso de la ciudadanía a la información pública conforme a la normatividad vigente.
b) Ejemplos de conductas no esperadas:
● Ocultar, demorar deliberadamente o denegar injustificadamente la entrega de información pública solicitada por un ciudadano.
● Mantener registros desordenados o incompletos de todas las actuaciones administrativas y judiciales.
● Utilizar las quejas y denuncias que formulen los usuarios del Poder Judicial con fines de represión, parcialidad o cualquier otra actitud que no sea objetiva y fundamentada.
9.2.3. DISCRECIÓN
Guardar reserva y prudencia respecto de hechos o información que tenga conocimiento en el ejercicio de las funciones, utilizándola exclusivamente para los fines funcionales e institucionales y evitando su divulgación no autorizada.
a) Ejemplos de conductas esperadas:
● Guardar reserva de los asuntos relacionados con expedientes o deliberaciones judiciales y administrativas, en tanto no sea autorizado.
● Asegurar que los documentos y la información sensible a su cargo no sean accesibles a personas no autorizadas.
● Respetar la protección de datos personales de los servidores y usuarios del Poder Judicial.
b) Ejemplos de conductas no esperadas:
● Divulgar información confidencial de un expediente o deliberaciones judiciales y administrativas a terceras personas.
● Permitir el acceso a documentos e información sensibles a personas no autorizadas.
9.2.4. USO ADECUADO DE LOS BIENES DEL ESTADO
Emplear los recursos, bienes, equipos e instalaciones del Poder Judicial de manera responsable, eficiente y exclusivamente para los fines funcionales e institucionales, evitando su uso inadecuado.
a) Ejemplos de conductas esperadas:
● Usar y mantener en buen estado los recursos de la entidad y demás bienes asignados para el desempeño de las funciones.
● Cumplir con las disposiciones del Poder Judicial para el adecuado uso, manejo y cuidado de los bienes.
● Evitar realizar acciones que puedan poner en riesgo el medio ambiente, la salud y la seguridad propia o de los demás.
b) Ejemplos de conductas no esperadas:
● Usar los recursos y bienes de la entidad en provecho propio o de terceros.
● Inobservar las disposiciones del Poder Judicial para el adecuado manejo y cuidado de los bienes.
9.2.5. RESPONSABILIDAD
Desarrollar el ejercicio funcional a cabalidad y en forma integral, asumiendo con pleno respeto su función pública.
a) Ejemplos de conductas esperadas:
● Cumplir con las obligaciones inherentes al cargo, dentro de los plazos establecidos.
● Actuar con proactividad, comunicando oportunamente propuestas de mejoras en el cumplimiento de las funciones.
● Desarrollar las funciones de forma idónea y completa, con pleno respeto de las normas.
● Garantizar el respeto de los derechos de los usuarios del Poder Judicial, en el ejercicio de las funciones asignadas.
b) Ejemplos de conductas no esperadas:
● Incumplir las obligaciones inherentes al cargo y los plazos establecidos.
● Demostrar desinterés y/o evadir el cumplimiento de las funciones y responsabilidades del cargo, sin motivo razonable.
9.2.6. EJERCICIO ADECUADO DEL CARGO
Desempeñar las funciones sin adoptar represalia de ningún tipo o ejercer coacción alguna contra otros servidores públicos u otras personas.
a) Ejemplos de conductas esperadas:
● Utilizar las facultades otorgadas por el cargo únicamente para los fines del servicio público.
● Evitar todo tipo de represalias o ejercer coacción aprovechando el cargo.
● Propiciar un ambiente laboral libre de violencia y acoso físico, psicológico, sexual o laboral.
b) Ejemplos de conductas no esperadas:
● Utilizar el poder que confiere el cargo para intimidar o coaccionar a otros servidores del Poder Judicial u otras personas.
● Aprovechar las facultades otorgadas por el cargo para fines personales.
9.3. PROHIBICIONES
Los jueces, funcionarios, directivos o servidores, independientemente de la relación laboral o modalidad contractual al que se encuentren sujetos, actúan de acuerdo con las siguientes prohibiciones:
9.3.1. OBTENER VENTAJAS INDEBIDAS
Buscar, solicitar o aceptar cualquier tipo de beneficio, regalo, favor, privilegio o trato preferencial, para sí mismo o para terceros, mediante el ejercicio del cargo, que pueda influir en sus decisiones o actuaciones, tales como:
a. Solicitar o recibir cualquier ofrecimiento de dinero, bienes o ventajas por parte de los usuarios que requieren acelerar sus trámites o direccionar el resultado de un pronunciamiento, para beneficiarse indebidamente.
b. Utilizar el cargo, autoridad o influencia para conseguir un empleo, contrato o beneficio propio o de terceros en la misma institución u otra, ya sea pública o privada.
c. Recibir capacitaciones, cursos o viajes por parte de las empresas que proveen bienes o servicios al Poder Judicial.
9.3.2. HACER MAL USO DE INFORMACIÓN PRIVILEGIADA
Utilizar información privilegiada del Poder Judicial a la que tiene acceso por su condición o ejercicio del cargo que desempeña, o permitir su uso impropio para beneficio personal o de terceros, tales como:
a. Divulgar detalles de deliberaciones internas, proyectos normativos o decisiones que aún no han sido comunicadas oficialmente.
a) No mantener la confidencialidad de la información contenida en los expedientes judiciales hasta que sea legalmente pública.
b) Hacer uso indebido de la información de la cual es responsable en razón a las funciones y/o cargo designado.
c) Participar en transacciones u operaciones financieras, utilizando información privilegiada del Poder Judicial a la que pudiera tener acceso por su función o cargo que desempeña, para el beneficio propio.
9.3.3. MANTENER INTERESES EN CONFLICTO
Mantener relaciones o aceptar situaciones en cuyo contexto sus intereses personales, laborales, económicos o financieros pudieran estar en conflicto con el cumplimento de los deberes y funciones a su cargo, tales como:
a. No cumplir con la presentación de la Declaración Jurada de Intereses, de acuerdo con la Ley N.° 31227, Ley que transfiere a la Contraloría General de la República la competencia para recibir y ejercer el control, fiscalización y sanción respecto a la declaración jurada de intereses de autoridades, servidores y candidatos a cargos públicos.
b. Participar en procesos en los que se tiene un vínculo familiar, amical, societario o de enemistad con el administrado o sus empresas que intervienen en un procedimiento.
c. Favorecer en el trámite de documentos internos y contratación de personal a personas conocidas.
d. Tener reuniones o mantener comunicación de cualquier otro tipo con potenciales proveedores de bienes y servicios a la entidad que se encuentran participando en proceso de selección.
e. Asumir un cargo en la entidad siendo miembro del directorio de una empresa cuyo rubro de negocios guarda relación con la función a desarrollar dentro de la entidad.
f. Realizar actividades de asesoría o consultoría de manera particular para la entidad y, a la vez, mantener vínculo laboral con el Poder Judicial.
9.3.4. REALIZAR ACTOS QUE AFECTEN LAS LABORES INSTITUCIONALES
Realizar todo acto que perturbe, dificulte, retrase o impida la realización de las labores de sus compañeros de trabajo y de los demás servidores de la entidad, tales como:
a. Consumir bebidas alcohólicas, drogas y/o estupefacientes en el centro de labores, reuniones de trabajo, reuniones oficiales o ceremonias institucionales.
b. Realizar trabajos personales o actividades comerciales ajenas a la institución durante el horario laboral.
c. Utilizar los recursos institucionales (teléfonos, internet, vehículos) para fines personales que no sean inherentes a las funciones que desarrolla en el Poder Judicial.
d. Dedicar tiempo del horario de trabajo para asuntos distintos al cumplimiento de sus funciones, con excepción de alguna capacitación debidamente autorizada.
9.3.5. REALIZAR ACTIVIDADES DE PROSELITISMO POLÍTICO
Realizar actividades de proselitismo político a través del ejercicio de sus funciones o por medio del uso de infraestructura, bienes o recursos públicos, ya sea a favor o en contra de partidos u organizaciones políticas o candidatos, tales como:
a. Emplear bienes de la entidad con la finalidad de beneficiar alguna causa o agrupación política.
b. Utilizar el uniforme, el carné o los símbolos del Poder Judicial en eventos políticos o de campaña.
c. Hacer propaganda de partidos o de movimientos políticos en el horario de trabajo, en el local delPoder Judicial, o dejar que terceras personas ingresen para ello.
d. Ordenar a un miembro del Poder Judicial, a firmar o recolectar las mismas para un partido político o agrupación política.
e. Convocar o participar en reuniones políticas en las oficinas del Poder Judicial.
f. Utilizar el cargo o la influencia para solicitar donaciones o contribuciones para campañas políticas.
9.3.6. PRESIONAR, AMENAZAR Y/O ACOSAR
Ejercer presiones, amenazas o acoso contra otros miembros de la entidad que puedan afectar la dignidad de la persona o inducir a la realización de acciones dolosas, tales como:
a. Coaccionar ante cualquier entidad, pública o privada, con el objeto de tener beneficios mediante la circunstancia de haber desempeñado determinado cargo o posición, de manera real o simulada.
b. No respetar a los compañeros y subordinados, y utilizar posición ventajosa frente a ellos para afectarlos moralmente a través de humillaciones, intimidaciones u hostigamiento.
c. Agredir, ignorar o maltratar a otros servidores o usuarios del Poder Judicial.
10. CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA
Las conductas previstas en el presente código son a modo enunciativo y no limitativo.
10.1. INOBSERVANCIA DE LAS DISPOSICIONES
El incumplimiento de los principios, deberes y prohibiciones establecidos en la Ley del Código de Ética de la Función Pública, el Código de Ética del Poder Judicial, recogidos en el presente Código de Conducta pueden conllevar al inicio del procedimiento disciplinario que resulte aplicable conforme a la normativa que corresponda.
Los servidores del Poder Judicial como cualquier persona natural o jurídica tienen la obligación de reportar a la Unidad de Integridad Institucional o quien haga sus veces, cualquier acto que vulnere lo dispuesto en la normativa antes señalada.
10.2. COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO
Los servidores del Poder Judicial suscriben la “Declaración Jurada de compromiso de cumplimiento del Código de Conducta del Poder Judicial” contenida en el Anexo N.° 01, a más tardar a los sesenta (60) días de su entrada en vigencia.
La Gerencia de Recursos Humanos o la que haga sus veces, deben requerir la suscripción de la presente declaración jurada antes señalada a los servidores al momento de formalizar su vínculo contractual con la Institución.
a Subgerencia de Registros Laborales de la Gerencia de Recursos Humanos o la que haga sus veces, es responsable de la custodia física o digital de la declaración jurada firmada por los servidores del Poder Judicial.
11. CONTROL DE CAMBIOS
• Anexo N.° 01: DECLARACIÓN JURADA DE COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA
ANEXO N.° 01
DECLARACIÓN JURADA DE COMPROMISO DE CUMPLIMIENTO DEL CÓDIGO DE CONDUCTA
Por medio de la presente declaración jurada, yo______________________________, identificado/a con DNI N.°____________, domiciliado/a en_____________________, declaro tener conocimiento de los principios, deberes y valores que promueve el Código de Conducta del Poder Judicial, así como de las normas vigentes sobre integridad, transparencia y lucha contra la corrupción en el desempeño de mis labores o servicios.
En ese sentido, me comprometo a cumplir el presente código, que se encuentra acorde al
Código de Ética de la Función Pública y el Código de Ética del Poder Judicial.
Suscribo la presente Declaración Jurada en señal de conformidad[1].
…..………, …. de ……………….de 20…
NOMBRES Y APELLIDOS:
DNI N.°:
FIRMA
Descargue el Código de Conducta del PJ aquí
[1] Una vez firmada la Declaración Jurada se debe adjuntar al registro laboral correspondiente.


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