¡Buenas nuevas! LP retransmitirá una clase de manera gratuita a través de la plataforma facebook sobre introducción al derecho civil. La cual estará a cargo del especialista Fort Ninamancco Córdova.
Fort Ninamancco Córdova, es abogado por la Universidad Nacional Mayor de San Marcos. Magister en Derecho, con mención en Derecho Civil y Comercial, por la misma casa de estudios. Profesor de Derecho Civil en las universidades Mayor de San Marcos, San Ignacio de Loyola y Peruana de Ciencias Aplicadas. Profesor de Derecho Civil de la Academia de la Magistratura. Docente exclusivo de LP.
El doctor Ninamancco será parte de nuestro Curso de introducción al Derecho (• Derecho civil • Derecho penal • Derecho de familia • Derecho constitucional • Derecho laboral • Derecho administrativo). Iniciamos este domingo 13 de agosto de 2023.
Se trata de una valiosa oportunidad para periodistas, estudiantes de derecho, y todo aquel profesional que requiera aprender conocimientos jurídicos elementales o desee consolidar sus estudios básicos. Este remozado curso dotará a sus estudiantes con sólidos conocimientos jurídicos y, además, las sesiones se desarrollarán con una solvente perspectiva interdisciplinaria. Atendiendo a los nuevos retos y las más importantes tendencias jurídicas estudiadas en las universidades más importantes del mundo. Para más información clic aquí.
No se pueden perder esta clase llena de conocimientos además de consejos prácticos y útiles, algo que —estamos seguros— sólo podrán encontrar en nuestro portal.
Lea también: Curso de introducción al derecho. Libro gratis hasta el 7 de agosto
La clase se desarrollará este miércoles, 2 de agosto de 2023, desde las 6 p. m. Si desean recibir las diapositivas de esta clase, cuando inicie la sesión, pueden dejar su número de WhatsApp en los comentarios.
![Entregar el celular con información ya borrada o seleccionada no puede considerarse, en rigor, un acto de colaboración absoluta que desvanezca el riesgo de obstaculización, sino un intento de sanear una conducta previa de ocultamiento (caso Adrián Villar) [Exp. 01456-2026-6, f. j. 5.3.2.]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/celular-robado-LPDerecho-218x150.jpg)



![No todo accidente laboral es responsabilidad del empleador [Resolución 0385-2026-Sunafil/TFL-Primera Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/accidente-laboral-companero-dolor-trabajador-LPDerecho-218x150.jpg)
![Tercerización: Suprema declara ilegal prohibición de tercerizar actividades consideradas nucleo del negocio [Acción Popular 30989-2023, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La devolución de un pago indebido prescribe a los cinco años de haberse efectuado dicho pago y no desde que se tomo conocimiento del mismo [Casación 32964-2023, Lima, ff. jj. 13-14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/AFP-retiro-dinero-soles-LPDerecho-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)








![Alimentos: Aunque el padre percibe al mes dos sueldos mínimos (como gerente general de una empresa y como administrador de una notaría), sus cuentas en diversos bancos registran movimientos que suman, en total, cerca de S/159 000, por lo que, sumado al hecho de que tiene tres inmuebles inscritos a su nombre, resulta razonable ordenarle el pago de una pensión alimenticia de S/1000 mensuales a cada una de sus dos hijas [Exp. 02567-2024-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/pension-alimentos-LPDerecho-218x150.jpg)
![[VÍDEO] Mario Castillo: Nunca se olviden de que la vida no es solo la profesión](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-92-218x150.jpg)
![Interpretación sistemática: Cuando existe mala fe tanto en el constructor como en el propietario del suelo, corresponde que este último, de haberse amparado su demanda de reivindicación, devuelva el valor de lo edificado [Casación 1262-2020, Cañete, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/01/Logo-LP-con-fondo-rojo-LPDERECHO-218x150.png)

![El teletrabajo otorgado al personal considerado como población vulnerable responsable del cuidado de niños de hasta doce años de edad -en principio- se mantendrá durante el periodo que subsista la condición de vulnerabilidad [Informe Técnico 002279-2025-SERVIR-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajo-remoto-virtual-laboral-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Modifican el TUPA del MINJUSDH [Decreto Supremo 004-2026-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
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![Testamento ológrafo no es título que justifique posesión de heredera sobre inmueble, si no acreditó comprobación judicial de este [Exp. 01723-2015-0]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/10/testamento-olografo-no-es-titulo-que-justifique-posesion-de-heredera-sobre-inmueble-si-no-acredito-comprobacion-judicial-de-este-LPDerecho-324x160.jpg)