Artículo 201.- [Tribunal Constitucional]*
El Tribunal Constitucional es el órgano de control de la Constitución. Es autónomo e independiente. Se compone de siete magistrados elegidos por cinco años.
Para ser magistrado del Tribunal Constitucional se exigen los mismos requisitos que para ser juez de la Corte Suprema. Los magistrados del Tribunal Constitucional gozan de la misma inmunidad y de las mismas prerrogativas que los senadores y diputados. Les alcanzan las mismas incompatibilidades. No hay reelección inmediata.
Los magistrados del Tribunal Constitucional son elegidos por el Senado con el voto favorable de los dos tercios del número legal de sus miembros. No pueden ser elegidos magistrados del Tribunal Constitucional los jueces o fiscales que no han dejado el cargo con un año de anticipación.
* Artículo modificado por el artículo 1 de la Ley 31988, publicada el 20 de marzo de 2024 (link: lpd.pe/tLQRZ3). La reforma constitucional comprendida en la citada norma entra en vigor a partir de las próximas elecciones generales de 2026.
Concordancias
C: arts. 39, 91.2, 93, 99, 147, 202, 204; DUDH: art. 21.2; CADH: art. 23.1.c; NCPC: arts. III, IV, 97; LOTC: arts. 1, 2, 6; RNTC: arts. 15, 17, 18.
Jurisprudencia del artículo 201 de la Constitución
Estatus del Tribunal Constitucional
-
Tribunal Constitucional
- El Tribunal Constitucional se sitúa, en materia de interpretación de la Constitución, en la cúspide del poder jurisdiccional del Estado [Exps. 0020-2005-PI/TC (acums.), f. j. 157]. Link: lpd.pe/z4Q2Z
- El Tribunal Constitucional es el órgano llamado a garantizar la supremacía normativa de la Constitución y los derechos fundamentales de las personas [Exps. 0014-2014-PI/TC (acums.), f. j. 12]. Link: lpd.pe/zZQ8r
- En virtud de la facultad del Tribunal Constitucional de controlar la constitucionalidad de los actos públicos y privados, se requiere que sus miembros gocen de plena autonomía e independencia (caso Disolución del Congreso) [Exp. 0006-2019-CC/TC, f. j. 163]. Link: lpd.pe/NVL5p
- Si bien a todos los poderes públicos les corresponde realizar interpretación constitucional, se le ha otorgado al Tribunal Constitucional la facultad de decidir la interpretación definitiva [Exps. 0020-2005-PI/TC (acums.), f. j. 156]. Link: lpd.pe/N9678
- Si el Tribunal Constitucional se encarga de la protección del orden constitucional, debe contar con las herramientas procesales idóneas para evitar que por defecto se terminen constitucionalizando situaciones que, bajo un manto de constitucionalidad, en la práctica contienen un uso fraudulento de la Constitución o abuso del derecho [Exp. 02663-2009-PHC/TC, f. j. 6]. Link: lpd.pe/EqB62
- Actividad interpretativa del Tribunal Constitucional debe ser abierta en el transcurso del tiempo y con efectos pacificadores del ordenamiento jurídico [Exp. 2877-2005-HC/TC, f. j. 23]. Link: lpd.pe/zYvn3
- Fundamento de voto: La labor interpretativa del Tribunal se basa en un conjunto de operaciones especializadas y técnicas, que exceden los parámetros de control clásicos, en razón del carácter especial de la Constitución como norma suprema [Exp. 0001-2018-PI/TC, ff. jj. 6-8]. Link: lpd.pe/zKLMM
- El TC es competente para evaluar controversias que involucren intereses contrapuestos de dos entidades de derecho público (precedente vinculante) [Exp. 1150-2004-AA/TC, f. j. 1]. Link: lpd.pe/N5jjK
-
Corte Interamericana de Derechos Humanos
- La obligación de garantizar la independencia de todos los jueces se torna particularmente importante en el caso de los miembros del Tribunal Constitucional por los asuntos que son sometidos a su conocimiento [Tribunal Constitucional vs. Perú, ff. jj. 72, 75]. Link: lpd.pe/yA5ZP
- El Estado tiene el deber de garantizar una apariencia de independencia de la magistratura que inspire legitimidad y confianza en toda la población [Reverón Trujillo vs. Venezuela, f. j. 67]. Link: lpd.pe/EGLXK
- La autoridad a cargo del proceso de destitución de un juez debe conducirse imparcialmente en el procedimiento establecido y garantizar el ejercicio del derecho de defensa [Tribunal Constitucional vs. Perú, f. j. 74]. Link: lpd.pe/yxB6w
Elección de magistrados
-
Tribunal Constitucional
- Un adecuado y transparente proceso de nombramiento y selección de los miembros del Tribunal Constitucional se constituye como requisito indispensable a fin de garantizar la independencia y la autonomía de este órgano supremo (caso Disolución del Congreso) [Exp. 0006-2019-CC/TC, f. j. 166]. Link: lpd.pe/zdpZM
- La elección de magistrados del Tribunal Constitucional es una competencia exclusiva y excluyente del Congreso por mandato constitucional y en ninguna circunstancia del Poder Ejecutivo (caso de la cuestión de confianza y su rechazo de plano) [Exp. 00004-2022-PCC/TC, f. j. 86]. Link: lpd.pe/yb34Q
-
Corte Interamericana de Derechos Humanos
- Los diferentes sistemas políticos han establecido «procedimientos estrictos» para los nombramientos y destituciones de los jueces [Reverón Trujillo vs. Venezuela, f. j. 71]. Links: lpd.pe/ywp6Q
- En todo proceso de nombramiento, no solo se debe escoger en función de los méritos y calidades del postulante, sino también se debe garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso al cargo [Reverón Trujillo vs. Venezuela, f. j. 72]. Link: lpd.pe/EMPvR
- Se debe seleccionar a los jueces por el mérito personal y su capacidad profesional a través de mecanismos objetivos de selección y permanencia [Reverón Trujillo vs. Venezuela, f. j. 72]. Link: lpd.pe/yaj7D
- El acceso en condiciones de igualdad constituye una garantía insuficiente si no está acompañado de una protección efectiva de la permanencia en el cargo que se accedió [Colindres Schonenberg vs. El Salvador, f. j. 93]. Link: lpd.pe/yg54Y
- La destitución de jueces que accedieron a la función pública en condiciones de igualdad activa su derecho de obtener protección judicial de conformidad con el debido proceso [Tribunal Constitucional vs. Perú, f. j. 103]. Link: lpd.pe/Ek89V
- Impedir que los magistrados de la Corte Suprema presenten un recurso de amparo implica la vulneración al derecho a la protección judicial [La Corte Suprema de Justicia (Quintana Coello y otros) vs. Ecuador, f. j. 196]. Link: lpd.pe/N5wWK
LP, a través de su Observatorio de Jurisprudencia, se ha propuesto sistematizar la jurisprudencia más relevante y actual sobre cada artículo de la Constitución Política. Puedes sumarte a este proyecto enviando la jurisprudencia que tengas al correo [email protected].
![Emitir un auto de enjuiciamiento por colusión y lavado de activos, cuando en otro proceso ante el mismo juzgado especializado —por hechos similares y conexos— se atribuyó y aprobó un acuerdo de colaboración eficaz solo por colusión —excluyendo el lavado—, vulnera el derecho a la igualdad, máxime si la negativa a someterse a la colaboración eficaz no justifica mantener un juzgamiento por lavado de activos cuando ello no ocurrió con sus coprocesados [Exp. 02261-2014-PHC/TC, f. j. 19] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-218x150.jpg)
![Absolución a alcalde por no probarse capacidad de cumplimiento de obligacion laboral exigida [Exp. 651-2023-85]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/GIAMMPOL-AUTO-REVOCATORIA-PERIODO-PRUEBA-LPDERECHO3-1-218x150.jpg)

![Tráfico de influencias en cadena: el Código Penal peruano no sanciona al que «influyere en otro funcionario prevaliéndose de su relación con este o con otro funcionario», a diferencia del Código Penal español (un funcionario invocó tener influencias para interceder ante la hija del presidente del JNE) [Casación 2661-2023, Lima, f. j. 3]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBRO-JUEZ-LEY-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-218x150.png)
![El levantamiento de los impedimentos permanentes e inhabilitaciones definitivas inscribibles en el Registro Nacional de Sanciones contra Servidores Civiles será por mandato judicial (doctrina jurisprudencial vinculante) [Exp. 01962-2021-PA/TC, ff. jj. 41, 48-50]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/LEVANTAMIENTO-IMPEDIMENTOS-PERMANENTES-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)











![La prueba de la propiedad no solo comprende el último título, toda vez que este depende directamente de la validez de los títulos anteriores [Casación 6468-2019, Puno, ff. jj. 7-11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-FIRMA-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Suprema interpreta artículo 37 del TUO 728: el despido no puede deducirse y la carga de la prueba corresponde al trabajador [Casación 15624-2022, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/trabajadores-reunion-jefe-gritos-mal-ambiente-laboral-oficina-despido-LPDerecho-218x150.jpg)
![¿Puede un funcionario público patrocinar a particulares en procesos contra la misma entidad donde labora? [Informe Técnico 947-2025-Servir-GPGSC] Servir](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/03/Autoridad-Nacional-del-Servicio-Civil-LP-Derecho-218x150.png)
![Suprema fija plazo de 20 días para impugnar laudos económicos que resuelven una negociación colectiva bajo la Ley 31188 [Apelacion 2510-2024, Lima]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![El procedimiento de acusación constitucional y la emisión de la resolución acusatoria de contenido penal es competencia del Congreso, por lo que un Juzgado de Investigación Preparatoria no puede interferir en el trámite, correspondiendo al investigado ejercitar su defensa en el procedimiento parlamentario [Exp. 00055-2025-1, f. j. 15]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/PROCEDIMIENTO-ACUSACION-CONSTITUCIONAL-EMISION-LPDERECHO-218x150.jpg)
![TC: «La cantidad de preguntas realizadas o el tiempo que se hubiera extendido el examen oral de cada postulante a notario no constituyen indicadores idóneos para determinar la transgresión al derecho de acceso a la función pública en condiciones de igualdad» [Exp. 05013-2022-PA/TC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Reglamento de faltas disciplinarias y graduación de sanciones para servidores del sistema penitenciario nacional [DS 020-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/ministerio-de-justicia-y-derechos-humanos-minjus-minjusdh-4-LPDerecho-218x150.jpg)
![Guía de práctica clínica para el tamizaje y diagnóstico del cáncer de mama [RM 725-2025/Minsa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/08/Cancer-de-mama-LPDerecho-218x150.jpeg)
![Declaran la primera semana de noviembre de cada año Semana de Lucha contra el Dengue [RM 728-2025/Minsa]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DENGUE-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Modifican el Reglamento del Código de Ejecución Penal para reforzar el régimen cerrado especial [DS 019-2025-JUS]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/06/reo-encarcelado-esposado-detenido-penitenciario-carcel-LPDerecho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)








![[VIDEO] Juez propone que todos los delitos se tramiten en unidades de flagrancia, sin excepción](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/DELITOS-PLANTEA-TABOA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![[VIDEO] Hay jueces que rechazan cautelares porque «el caso es complejo», advierte Giovanni Priori en LP](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/JUECES-RECHAZAN-CAUTELARES-GIOVANNI-LPDERECHO-218x150.jpg)



![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![URGENTE: Lea la resolución que condena a Guillermo Bermejo a 15 años de cárcel por «pertenencia» a Sendero Luminoso [Exp. 00059-2015-0-5001-JR-PE-01] Guillermo Bermejo-sentencia](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Guillermo-Bermejo-sentencia-LP-Derecho-100x70.png)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Emitir un auto de enjuiciamiento por colusión y lavado de activos, cuando en otro proceso ante el mismo juzgado especializado —por hechos similares y conexos— se atribuyó y aprobó un acuerdo de colaboración eficaz solo por colusión —excluyendo el lavado—, vulnera el derecho a la igualdad, máxime si la negativa a someterse a la colaboración eficaz no justifica mantener un juzgamiento por lavado de activos cuando ello no ocurrió con sus coprocesados [Exp. 02261-2014-PHC/TC, f. j. 19] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-324x160.jpg)


![A los trabajadores que realizan labor intermitente, como los choferes del servicio de transporte interprovincial, no les corresponde el pago de horas extras (conforme al art. 5 del DS 007-2002-TR), aun cuando realicen labores intermitentes que excedan las 12 horas diarias [Casación 46532-2025, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/06/mujer-trabajadora-computadora-trabajo-remoto-teletrabajo-asistente-LPDerecho-100x70.png)


![Emitir un auto de enjuiciamiento por colusión y lavado de activos, cuando en otro proceso ante el mismo juzgado especializado —por hechos similares y conexos— se atribuyó y aprobó un acuerdo de colaboración eficaz solo por colusión —excluyendo el lavado—, vulnera el derecho a la igualdad, máxime si la negativa a someterse a la colaboración eficaz no justifica mantener un juzgamiento por lavado de activos cuando ello no ocurrió con sus coprocesados [Exp. 02261-2014-PHC/TC, f. j. 19] Congruencia recursal](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-3-LPDerecho-100x70.jpg)
![Jurisprudencia del artículo 22 de la Constitución.- [Protección y fomento del empleo]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/BANNER-UNIVERSAL-CONTITUCION-LIBRO-LPDERECHO-1-324x160.jpg)