Artículo 139.- Padrón y catastro de las comunidades
Las comunidades tienen un padrón general actualizado con el nombre, actividad, domicilio y fecha de admisión de cada uno de sus miembros, con indicación de los que ejerzan cargos directivos o representación.
Las comunidades tienen, asimismo, un catastro en el que constan los bienes que integran su patrimonio.
En el padrón general y en el catastro constan también los demás datos que señale la legislación especial.
Concordancias
C: arts. 88, 89, 149; CC: arts. I, II, VI; LOPJ: art. 1; Ley 24656: arts. 4.b, 5, 11-14, 17-20, 23, 24; DS 008-91-TR: art. 24; Ley 26505: art. 11.
Jurisprudencia del artículo 139 del Código Civil
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Tribunal Registral
- Cofopri no tiene competencia respecto de las acciones de catastro y rectificación de áreas de territorios de comunidades campesinas y nativas [Resolución 2308-2011-Sunarp-TR-L]. Link: lpd.pe/0nZ7O
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Tribunal Constitucional
- Proceso constitucional de cumplimiento no es la vía idónea para solicitar incorporación en calidad de comunera en el padrón comunal [Exp. 03345-2010-PC/TC]. Link: lpd.pe/kyE3b
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Comentarios:
![Coautoría: No es necesario que cada agente realice todos los actos del delito, sino que aporte una conducta idónea y vinculante para la concreción delictiva (contexto delictivo) [RN 1502-2010, La Libertad, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Aunque el área usurpada ya ha sido restituida a su titular mediante la ejecución de una medida de ministración provisional de la posesión, ello no exime de ordenar expresamente la restitución definitiva del bien, pues la medida cautelar es solo un adelanto de protección y no una decisión final [Casación 774-2022, La Libertad, f. j 13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-BALANZA-MAZO-CUADERNO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![A diferencia de receptación o encubrimiento real, en lavado de activos no se persigue el delito previo; sino la legalización de bienes ilícitos, exigiendo dolo que puede presumirse por las circunstancias del hecho [Exp. 00699-2012-0, f. j. 8]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-LIBROS-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)

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![No toda reducción del sueldo básico implica una disminución de la remuneración total [Casación 16410-2023, Tacna]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/exfuncionario-recursos-humanos-sueldo-LPDERECHO-218x150.jpg)
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