Jurisprudencia del artículo 1344 del Código Civil.- Oportunidad de estipulación

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Artículo 1344.- Oportunidad de estipulación
La cláusula penal puede ser estipulada conjuntamente con la obligación o por acto posterior.


Concordancias

CC: arts. 1341-1343, 1345, 1354.


Jurisprudencia del artículo 1344 del Código Civil

Corte Suprema

  1. Ante incumplimiento por parte de los deudores del acuerdo conciliatorio, procede establecer penalidad pactada libremente sobre el saldo pendiente de pago [Casación 2838-2014, La Libertad]. Link: lpd.pe/9Hvae

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