El coordinador nacional de las Fiscalías Especializadas contra la Criminalidad Organizada, Jorge Chávez Cotrina, anunció que el Ministerio Público presentará una demanda de inconstitucionalidad contra la Ley 32130, la cual faculta a la PNP a liderar investigaciones preliminares.
Chávez Cotrina explicó que conversó con Juan Carlos Villena, fiscal de la Nación, sobre este tema cuando aún se encontraba como proyecto de ley. En esa línea, agregó que Villena estaría presentando la demanda en las próximas semanas:
El tema de la acción de inconstitucionalidad, lo va a presentar el fiscal de la Nación. Hemos conversado con él en anteriores semanas, cuando estaba en proyecto, y estábamos esperando si esto se daba. Ya se dio, ya se publicó, y el señor fiscal de la Nación está preparando la demanda ante el TC.
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La referida norma causaría una afectación en las funciones del Ministerio Público, según Chávez Cotrina. Para el fiscal, los parlamentarios que aprobaron esta ley desconocen el funcionamiento de las investigaciones y los procesos penales.
Finalmente, el funcionario recalcó que la autógrafa recién promulgada carece de operatividad. Según Chávez Cotrina, existen contradicciones en la norma que harían inaplicable la labor Policía Nacional:
Por un lado, le dicen a la Policía que puede investigar de iniciativa propia; por otro lado, dice que el que conduce la investigación es el fiscal. El Policía, cuando venga una persona a denunciar, por ejemplo, una estafa, va a decir: ‘¿inicio la investigación por iniciativa propia o le comunico al fiscal para que él inicie la investigación preliminar?’
Junta de Fiscales de Lima Centro no acatará la Ley 32130
El último jueves 10 de octubre, esta ley fue promulgada por el Ejecutivo. Sin embargo, la Junta de Fiscales provinciales de Lima Centro hizo de conocimiento público que no acatarán esta norma:
La Junta de Fiscales Provinciales de Lima Centro se reunió en Junta Extraordinaria con la finalidad de analizar la aplicación de la Ley N 32130, que modifica el Código Procesal Penal para fortalecer la investigación del delito como función de la Policía Nacional del Perú y agilizar los procesos penales, luego del debate se acordó mantener las atribuciones contenidas en el Art. 159, inciso 4 de la Constitución Política del Estado.
Los magistrados anunciaron que respetarán la Constitución Política del Perú, que les da a los fiscales la competencia para dirigir las investigaciones preliminares. El inciso 4 del artículo 159 de la Carta Magna estipula:
Conducir desde su inicio la investigación del delito. Con tal propósito, la Policía Nacional está obligada a cumplir los mandatos del Ministerio Público en el ámbito de su función.
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