¿Si vacan a Dina Boluarte no tendrá pensión vitalicia?

En el Congreso de la República se han presentado varias mociones de vacancia contra la presidenta Dina Boluarte. De aprobarse, surge la interrogante de si conservará su pensión vitalicia una vez fuera del cargo.

La pensión vitalicia es el pago mensual al que tienen derecho los expresidentes del Perú, según la Ley 26519. Este beneficio equivale al sueldo de un congresista en funciones y se otorga de por vida. ¿De ser vacada Dina Boluarte podría tener derecho a esta pensión? LP consultó a especialistas.

Luis Andrés Portugal, abogado constitucionalista

Dina Boluarte sí tendrá pensión vitalicia, opinó el abogado constitucionalista Luis Andrés Portugal. Explicó que la Ley 26519 solo suspende la pensión a un expresidente cuando el Congreso formula una acusación constitucional en su contra. Aseguró que podría recibir la pensión vitalicia así renuncie a la presidencia.

La Ley 26519 establece que la pensión del presidente se suspende cuando el Congreso haya formulado acusación constitucional en su contra, salvo que la sentencia judicial lo declare inocente. En el caso de la presidenta Dina Boluarte, de ser vacada, esto no afectaría su pensión, explicó Luis Andrés Portugal.

Luis Andrés Portugal precisó que la vacancia presidencial presentada contra Dina Boluarte tiene una naturaleza política y no jurídica, por lo que no afecta la pensión vitalicio establecido por ley.

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Arturo Crispín Sánchez, abogado constitucionalista

Dina Boluarte no tendrá pensión vitalicia, opinó el constitucionalista Arturo Crispín Sánchez. Señaló que, si se aplica la Ley 26519 y los criterios que el Congreso utilizó para negar la pensión a Sagasti y Merino, Dina Boluarte no debería acceder a una pensión vitalicia, pues asumió la presidencia por sucesión constitucional.

En principio, y si se aplica con coherencia la Ley 26519 junto con la opinión consultiva del Congreso de la República que negó la pensión a Sagasti y Merino, Dina Boluarte no debería recibir pensión vitalicia, ya que accedió al cargo presidencial por sucesión y no ejerció un período completo de gobierno, explicó Arturo Crispín Sánchez.

Arturo Crispín Sánchez afirmó que el caso de Alberto Fujimori demuestra la arbitrariedad del Congreso, pues mantuvo el pago de su pensión vitalicia pese a haberlo vacado y condenado por violaciones a los derechos humanos.

Si seguimos los casos anteriores, la vacancia solo constituiría un argumento adicional para negarle la pensión vitalicia. Sin embargo, esto es lo que debería ocurrir, pues existe el antecedente de Alberto Fujimori, quien, aun siendo vacado, juzgado y declarado responsable penalmente, recibió la pensión vitalicia, sostuvo el constitucionalista.

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