Fundamento destacado: 2.1. […] Desde la óptica objetiva, la pose erótica —que excita la libido o el deseo sexual— es un comportamiento sexual explicito, pues expresa clara y determinadamente algo, a saber, propensión o insinuación a los deleites carnales —como es definida la lascivia—. Quien así actúa, explicita o exterioriza una actitud o disposición de animo en el ámbito de interacción sexual. Desde luego, en la constelación de la pornografía, se trata de una interacción con un tercero ajeno a la escena: el receptor de la representación.
Si a una posición de esa naturaleza se le adicionan componentes compatibles con escenas de satisfacción sexual, como la desnudez, la focalización o énfasis de zonas erógenas, accesorios y escenografías eróticas, es perfectamente identificable una finalidad sexual objetivada en la representación (aspecto subjetivo), lo que conlleva a a firmar, en la acción de posar, un propósito de despertar el apetito sexual, reconocible por un observador objetivo, al margen del perfil del consumidor de pornografía.
[…]
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
SALA DE CASACIÓN PENAL
JOSÉ FRANCISCO ACUÑA VIZCAYA
Magistrado Ponente
SP123-2018
Radicación No. 45868
(Aprobado acta No.38)
Bogotá, D.C., siete (07) de febrero de dos mil dieciocho (2018)
Derrotada la ponencia presentada por la Magistrada doctora Patricia Salazar Cuéllar, resuelve la Sala el recurso extraordinario de casación interpuesto por la Fiscalía 2a Seccional de Bucaramanga, contra la sentencia proferida por el Tribunal Superior, mediante la cual revocó la condena de 134 meses de prisión y multa de 166 salarios mínimos legales mensuales vigentes, que el Juzgado 5° Penal del Circuito de esa ciudad le impuso a Carlos Arturo Bermúdez Martínez, en sentencia del 14 de marzo de 2014 por el delito de pornografía con persona menor de 18 años, en concurso material homogéneo.
[Continúa…]




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