El congresista Mario Fidel Mantilla Medina de Fuerza Popular presentó el proyecto de Ley 4437 que plantea anular los laudos arbitrales que hayan sido resueltos por fraude o colusión.
En ese mismo sentido, el proyecto consigna que el laudo arbitral sería anulado si se resuelve afectando el debido proceso , cometido por una, o por ambas partes.
Incluso, si este es cometido por el o los árbitros o por este y aquella, asimismo el cometido por peritos y terceros.
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De aprobarse este proyecto de ley no le irrogará ningún gasto al Estado. Muy por el contrario, lo que busca es hacer del arbitraje un método alternativo de solución de controversias más justo.
Según el proyecto, nuestra legislación prevé la anulación del laudo arbitral, no existe ninguna causal que disponga la anulación del referido laudo por la existencia de fraude o colusión de una o ambas partes o de estas con el o los árbitros.
Es por eso que el proyecto de ley asegura que estamos frente a una evidente desprotección a la parte que resulta afectada con tal acto de deshonestidad e ilegalidad.
Hay que recordar que durante las investigaciones por el caso Odebrecht se sindicó a más de 19 árbitros por presuntamente haber fallado a favor de Odebrecht a cambio de sobornos.
LEY QUE MODIFICA EL DECRETO LEGISLATIVO N° 1071, DECRETO LEGISLATIVO QUE NORMA EL ARBITRAJE
Artículo 1.- Modificatoria
Modificase el artículo 63° del Decreto Legislativo N° 1071, Decreto Legislativo
que norma el arbitraje, el que quedará redactado en los siguientes términos:
«Artículo 63.- Causales de anulación.
1. El laudo sólo podrá ser anulado cuando la parte que solicita la anulación
alegue y pruebe:
a. Que el convenio arbitral es inexistente, nulo, anulable, inválido o ineficaz.
(…)
Descargar el proyecto de ley aquí

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