El presidente José Jerí dio por terminados, mediante una resolución suprema de 21 de octubre, los nombramientos de Gustavo Adrianzén, José Luis Sardón y Alfredo Ferrero como representantes diplomáticos.
El último año, la expresidenta Dina Boluarte nombró al expremier Gustavo Adrianzén representante permanente ante la Organización de las Naciones Unidas (ONU). A su vez, nombró al exmagistrado del Tribunal Constitucional José Luis Sardón de Taboada, representante permanente ante la Organización de los Estados Americanos (OEA).
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Asimismo, fueron cesados el diplomático Ernesto Pinto Bazurco como embajador extraordinario y plenipotenciario del en las repúblicas de Finlandia, Estonia, Lituania y Letonia; el exministro Alfredo Ferrero Diez Canseco como embajador extraordinario y plenipotenciario en los Estados Unidos de América; el abogado Carlos Hakansson Nieto, como embajador extraordinario y plenipotenciario en la República de Costa Rica.
También fueron cesados el diplomático Javier Paulinich Velarde como embajador extraordinario y plenipotenciario en la República de la India y el diplomático Luis Juan Chuquihuara Chil, como representante permanente ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra.
Dan por terminadas las funciones de Representante Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra, Confederación Suiza
RESOLUCIÓN SUPREMA
Nº 154-2025-RE
Lima, 21 de octubre de 2025
VISTAS:
La Resolución Suprema Nº 022-2025-RE, de 5 de febrero de 2024, que nombró Representante Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra, Confederación Suiza, al Embajador en el Servicio Diplomático de la República, en situación de retiro, Luis Juan Chuquihuara Chil;
La Resolución Ministerial Nº 0087-2025-RE, que fijó el 15 de marzo de 2025 como la fecha en que el citado funcionario diplomático, en situación de retiro, asumió funciones como Representante Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra, Confederación Suiza;
CONSIDERANDO:
De conformidad con el Decreto Supremo Nº 047-2021-RE, que aprueba el Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomático de la República; el Decreto Supremo Nº 130-2003-RE, Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República y modificatorias; y, el Texto Integrado del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Relaciones Exteriores, aprobado por Resolución Ministerial Nº 0516-2025-RE;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Dar por terminadas las funciones del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, en situación de retiro, Luis Juan Chuquihuara Chil, como Representante Permanente del Perú ante los Organismos Internacionales con sede en Ginebra, Confederación Suiza.
![Si bien el numeral 1 del el art. 401 regula expresamente el derecho a reservar la interposición de la apelación contra sentencias (resoluciones finales), en aplicación del principio «pro actione» el mismo criterio debe aplicarse también cuando se trate de una resolución que declara fundada una solicitud de prescripción de la acción penal (que también pone fin al proceso penal) [Queja NCPP 1496-2023, Pasco, ff. jj. 5-9]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/mazo-juez-jueza-justicia-defensa-delito-civil-penal-acusacion-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Es innecesario que las actividades ilícitas previas se encuentren sometidas a investigación o a proceso judicial, o que exista una sentencia condenatoria; basta con acreditar que el agente penal conocía o pudo presumir dicha actividad criminal [Casación 2092-2022, Arequipa, f. j. 14]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZ-FIRMANDO-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
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