El Ministerio Público (MPFN) pone al servicio el módulo de citas fiscales, donde los abogados se pondrán en comunicación con los fiscales a cargo del caso que llevan, consultar sobre el proceso, entre otros trámites.
A continuación compartimos el comunicado.
En el marco de su Política de Servicios al Ciudadano, el Ministerio Público – Fiscalía de la Nación pone a su disposición un nuevo servicio para el ciudadano que es parte de un proceso fiscal. Este servicio denominado Módulo de Citas Fiscales le permitirá registrar una solicitud de cita para entrevistarse con el fiscal a cargo de su caso y consultar sobre su proceso, para leer su expediente y sus actuados u otro motivo que se considere pertinente estrictamente relacionado al proceso. Para acceder a dicho servicio debe tener en cuenta lo siguiente:
– El registro es obligatorio. En el formularlo de registro debe consignar, de manera clara y sin errores, los datos que le son solicitados siendo exigencia que estén acorde a lo que indica su documento de identidad.
– Los datos que consigne serán considerados como una Declaración Jurada y estarán sujetos a validación posterior. De evidenciarse datos inconsistentes o inexistentes, la dependencia correspondiente tendrá la potestad de adoptar las medidas que se crean pertinentes dentro del marco legal y normatividad existentes.
– Toda comunicación que genere este formularlo así como el registro de su solicitud de cita será vía correo electrónico. Una vez que complete el formulario de registro se le enviará un correo electrónico de confirmación en el cual se le indicará una clave que conjuntamente con el número de su documento de identidad tendrá que ingresar para acceder a la interfaz de solicitud.
– Si se está registrando por lera vez. por su seguridad y respaldo nuestro, se le solicitará que cambie la clave que se le ha enviado. La nueva clave que consigne debe tener un mínimo de 8 caracteres. Asimismo se cuenta con un mecanismo de recuperación de clave en el cual se le solicitará el ingreso de su DNI y el código de verificación que aparecerá en pantalla. Seguidamente se le enviará un correo electrónico de confirmación.
– Toda actividad de registro y o solicitud que tenga a bien a hacer, en el marco de nuestra Política de Seguridad de la información, es auditada.
PASOS A SEGUIR
1.- Para poder solicitar una cita solo deberá ingresar a la web del Ministerio Público: www.fiscalia.gob.pe
2.- En seguida, dar clic en el botón de acceso.

3.- Luego, regístrese como usuario a la plataforma, llene el formulario con los datos reales de su DNI, ingrese su correo electrónico y número de celular.
Ojo: Estos datos serán contrastados con los datos de la Reniec, es preferible que tenga el DNI a la mano.
4.- Al terminar de realizar el registro recibirá un código al correo electrónico registrado que deberá ingresar para determinar que la información que ingresaste es verdadera.
5.- Finalmente, ya estarás registrado dentro del grupo de usuarios del módulo de citas.
Paso para iniciar el proceso de solicitud de cita
1.- Para iniciar, debe llenar el cuadro del distrito fiscal, el motivo del trámite, la parte que le toca en el proceso, el número del caso y confirma tu cita.
Además, en la bandeja de usuario podrá conocer el estado de la solicitud que ingresaste, no obstante la comunicación también llegará al correo electrónico ingresado.
![Abuso de autoridad: Funcionario municipal que ordena demolición de una construcción, sin tener amparo legal, comete delito aun cuando tal demolición se haya ordenado mediante resolución en el marco de un PAS [Casación 2046-2022, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La falta de notificación del enlace virtual constituye una causal de nulidad por vulneración del derecho de defensa, pues genera un perjuicio real y no meramente formal (no se remitió el enlace de audiencia, por lo que se declaró inadmisible la casación) [Casación 995-2023, Puno, ff. jj. 4-6]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![No es posible aplicar directamente una sentencia constitucional si su ratio essendi versa sobre la prolongación de prisión preventiva, cuando la institución jurídica cuestionada en el caso es la cesación (caso Pedro Castillo) [Apelación 370-2025, Suprema, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-PJ-PEDRO-CASTILLO-LP-PASION-POR-EL-DERECHO-218x150.jpg)
![La relación de poder de una persona sobre otra se determina por la situación de dependencia o control; en cambio, la relación de responsabilidad versa sobre un deber jurídico y una obligación de un sujeto frente a otro [Casación 1801-2022, Apurímac, f. j. 5.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)


















![Es inconstitucional que los menores de 18 años sean procesados y condenados en el sistema penal de adultos, y que cumplan sus sentencias en penales para adultos, porque ello vulnera el derecho a la igualdad y el principio de interés superior del niño [Exp. 00008-2025-PI/TC, 00012-2025-PI/TC, 00014-2025-PI/TC y 00023-2025-PI/TC (Acumulados), ff. jj. 189, 175-176, 266-267]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/04/detenidos-intervencion-operativo-policia-delincuentes-LPDerecho-218x150.jpg)
![TC declara inconstitucional ley que incorporó a adolescentes de 16 y 17 años como sujetos imputables y dispone que procesos tramitados bajo el CPP sean archivados [Exp. 00008-2025-PI/TC, 00012-2025-PI/TC, 00014-2025-PI/TC y 00023-2025-PI/TC (Acumulados)] TC usura servicios financieros](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-fachada-tc-LPDerecho-218x150.jpg)

![MTC: Estas son las multas que pagarán motociclistas que lleven pasajero [Decreto Supremo 002-2026-MTC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/Banner-generico-prohiben-circulacion-de-2-personas-en-moto-lineal-218x150.jpg)
![Prorrogan estado de emergencia: a partir de mañana rige prohibición de dos personas en moto lineal [DS 006-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/04/normas-legales-estado-de-emergencia-LPDerecho-218x150.png)
![Dictan disposiciones complementarias contra la extorsión y el sicariato en el transporte público [DS 009-2026-PCM]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/ley-permite-bloqueo-linea-extorsion-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)






![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)










![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![No es posible aplicar directamente una sentencia constitucional si su ratio essendi versa sobre la prolongación de prisión preventiva, cuando la institución jurídica cuestionada en el caso es la cesación (caso Pedro Castillo) [Apelación 370-2025, Suprema, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/12/BANNER-GENERICO-PJ-PEDRO-CASTILLO-LP-PASION-POR-EL-DERECHO-100x70.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)



![Abuso de autoridad: Funcionario municipal que ordena demolición de una construcción, sin tener amparo legal, comete delito aun cuando tal demolición se haya ordenado mediante resolución en el marco de un PAS [Casación 2046-2022, La Libertad]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![MTC: Estas son las multas que pagarán motociclistas que lleven pasajero [Decreto Supremo 002-2026-MTC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/11/Banner-generico-prohiben-circulacion-de-2-personas-en-moto-lineal-100x70.jpg)

