El Juzgado de Investigación Preparatoria del Módulo Básico de Justicia de Mariano Melgar (Arequipa) sentenció al alcalde de dicha localidad, Edwin Martínez Talavera, de 51 años de edad, a un año de reserva de fallo condenatorio y el cumplimiento de estrictas reglas de conducta por conducir un vehículo en estado de ebriedad.
Cabe resaltar que el proceso contra la autoridad edil fue desarrollado bajo los alcances del proceso inmediato (flagrancia delictiva), por lo que el fallo fue emitido en menos de 24 horas.
La sanción fue impuesta luego de que el juez Gino Valdivia Sorrentino aprobó un acuerdo de terminación anticipada entre el abogado de Martínez Talavera y el representante del Ministerio Público, por el cual el burgomaestre aceptó su responsabilidad en el delito de peligro común en agravio de la sociedad.
El fallo del magistrado advierte que, en caso de incumplimiento de las reglas de conducta impuestas, el juzgado revocará la reserva de la decisión y ordenará la prisión efectiva del alcalde por un plazo de 10 meses.
En su resolución, el magistrado dispuso, asimismo, que el burgomaestre pague en el día S/ 700 por concepto de reparación de civil, que serán abonados en el Banco de la Nación.
También lo inhabilitó para conducir un vehículo por el plazo de la condena, no variar de domicilio sin autorización del juzgado, así como no cometer nuevo acto doloso.
El alcalde fue intervenido por la Policía alrededor de las 11 de la noche de ayer miércoles 8 de noviembre cuando manejaba ebrio por la cuadra tres de la calle Puno, distrito de Miraflores.
Hay que precisar que la reserva del fallo condenatorio es aplicada para delitos que no revisten mayor gravedad.
Fuente: Poder Judicial