Fundamento destacado: Quinto. En el presente caso, del estudio de los actuados se concluye que pese a lo alegado en su defensa por el procesado, creó un riesgo no permitido con su conducta, pues si bien es cierto sostiene a su favor que se desempeñaba como un guía-traductor, sin embargo, para el viaje que realizaba con los agraviados se necesitaba un Guía de Montaña, el que conforme con el Decreto Supremo número 028-2004-MINCETUR (Reglamento de Guías de Montaña) que en su articulo nueve establece, entre otras funciones, que este tendrá la función de supervisar en forma permanente el equipo técnico especializado para el ejercicio de la actividad; en el caso en comentario este equipo estaba constituido por los balones de gas que llevaron para el tour de aventura al nevado de Huayhuash; y dado que el acusado no contaba con la capacitación necesaria, pues no tenía el título de guía de montaña, con su actuar omisivo creó un riesgo no permitido, lo cual ocasionó la muerte de los agraviados por sofocación.
Además, debe precisarse que el fin de la citada norma administrativa es la de proteger los riesgos que se originan en una caminata, como el que se presentó al realizar el tour de aventura al nevado de Huayhuash. al mando del acusado recurrente como guía, por lo que al no cautelar tales peligros creó un riesgo no permitido Inexcusable.
Sumilla: La prueba material e indiciaria en la acreditación de la tesis incriminatoria. La validez de la incriminación se corroboró con la confluencia de prueba material e indiciaria que acreditó el grado de responsabilidad del procesado.
Lea también: Fundamentos materiales de la omisión impropia
CORTE SUPREMA DE JUSTICIA DE LA REPÚBLICA
SALA PENAL TRANSITORIA
RECURSO DE NULIDAD 1780-2013, ANCASH
Lima, veintiocho de octubre de dos mil catorce.
VISTO: el recurso de nulidad interpuesto por el procesado JULIO ENRIQUE SÁNCHEZ GAMBOA (concedido vía queja excepcional) contra la sentencia de vista del dos de diciembre de dos mil once, que confirmó la sentencia de primera instancia que lo condenó como autor de la comisión del delito contra la Vida, el Cuerpo y la Salud-homicidio culposo, en agravio de Olafs Auzins y Anita Auzins, a tres años de pena privativa de libertad suspendida por el mismo período de prueba, bajo reglas de conducta; así como el pago de dos mil nuevos soles por concepto de reparación civil a pagarse en forma solidaria por el condenado y el tercero civilmente responsable (Empresa Perú BERSPORT E. I. R. L.). De conformidad, en parte, con lo opinado por el señor Fiscal Supremo en lo Penal.
Interviene como ponente el señor Príncipe Trujillo.
CONSIDERANDO
PRIMERO. En su recurso formalizado de folios seiscientos diez el procesado Julio Enrique Sánchez Gamboa, sostiene que: i) El Tribunal Superior al momento de confirmar la sentencia de primera instancia no valoró correctamente los actuados probatorios. ii) Su función era solo de ser un guía práctico, traductor, por lo cual no era su competencia supervisar al equipo técnico especializado de la incursión turística, esto es del manejo y cuidado de los balones de gas, por lo que no creó un incremento de riesgo para la integridad física de los agraviados.
SEGUNDO. Conforme a la acusación fiscal obrante en autos, el día dos de agosto de dos mil siete, los agraviados Olafs Auzins y Anita Auzins, de nacionalidad australiana, en compañía del acusado Julio Enrique Sánchez Gamboa (que actuaba como guía) Delao Huaranga Antaurco (como arriero) y Vicente Aniceto Luciano Nieves (como cocinero) se dirigían al nevado o paraje denominado Huayhuash. En tales circunstancias, fueron encontrados sin vida los agraviados Olafs Auzins y Anita Auzins en el interior de una carpa, luego se determinó como causa de la muerte asfixia severa por sofocación, debido al agente gas monóxido de carbono (gas que al encontrarse en lugares cerrados puede producir anoxia y muerte).
Lea también: Elementos para la imputación concreta de un delito omisivo impropio
Por tales razones, se atribuye a Julio Enrique Sánchez Gamboa haber incurrido en la inobservancia de las reglas en la que se sustenta su oficio u ocupación, por cuanto al permitir que los agraviados permanezcan en el interior de la carpa, conjuntamente con los dos balones gas, sin el respectivo cuidado o prevención creó un riesgo no permitido que con llevó la muerte por asfixia de los agraviados.
TERCERO. La sentencia penal constituye la decisión definitiva de una cuestión criminal, acto complejo que contiene un juicio de reproche o de ausencia del mismo, sobre la base de hechos que deben ser determinados jurídicamente; es por eso que debe fundarse en una actividad probatoria suficiente que permita al juzgador la creación de la verdad jurídica y establecer válidamente los niveles de imputación; por lo que debido a su importancia, su contenido debe resultar exhaustivo, claro y coherente, lo que constituye obligación fundamental del Órgano Jurisdiccional motivarla debidamente —conforme con lo dispuesto en la Constitución Política del Estado, en su artículo ciento treinta y nueve, inciso quinto; en concordancia con el artículo doce, del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial—, esto es, se analizan y evalúan todas las pruebas y diligencias actuadas con relación a la imputación que se formula contra el agente; se precisan, además, los fundamentos de derecho que avalan las conclusiones a las que se llegue con tal evaluación. […]
[Continúa…]
![Asegurar o custodiar el celular del testigo no es un acto de investigación, sino un acto previo destinado a preservar la integridad de la fuente; solo la extracción y análisis pericial del contenido del celular constituye un acto de investigación que requiere notificación y habilita la posibilidad de designar perito de parte [Apelación 316-2024, Corte Suprema, ff. jj. 11-13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-218x150.jpg)



![No basta, para condenar a la persona jurídica, acreditar el delito de la persona física, sino que se requiere demostrar un defecto estructural en los modelos de gestión, vigilancia y supervisión [SAN 4223/2025, ff. jj. 1.4-1.5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-JUEZ-DOCUMENTO-LPDERECHO-218x150.jpg)
![La sola inexistencia de un modelo de prevención (compliance) que impida a u obstaculice la comisión de delitos no basta para atribuir responsabilidad penal a la persona jurídica si no se verifica que los directivos obraron en nombre y provecho de la entidad (España) [SAN 4047/2025, f. j. 507]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![En la división de tareas entre coautores, los aportes pueden ser determinados en forma horizontal (sujetos con el mismo nivel de competencia) o vertical (sujetos sometidos competencialmente unos a otros); siendo que, ante un delito de infracción de deber, cada interviniente realiza su conducta en función a la infracción de su propio deber positivo, lo que da lugar a la producción de un suceso contrario al orden impuesto [Casación 1111-2024, Cusco, f. j. 5]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/MAZO-BALANZA2-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Ley Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Ley 26497) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-del-registro-nacional-de-identificacion-y-estado-civil1-LPDERECHO-218x150.jpg)










![Curso modelo de preparación para el examen PROFA [GRATUITO]. Inicio: 27 NOV](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/MODELO-PREPARACION-EXAMEN-PROFA4-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Servir declara nula «carta de no renovación» de trabajadora CAS en estado de gestación por falta de motivación [Res. 004712-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/embarazo-mujer-trabajo-salud-bebe-LPDerecho-218x150.jpg)
![Servir: ¿Cómo se pagan las horas extras en el sector público? [Informe Tecnico 002049-2025-Servir-GPGSC]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/estres-laboral-explotacion-horas-extras-trabajador-tiempo-horario-noche-despido-LPDerecho-218x150.png)
![[Precedente vinculante] Bonificación por preparación de clases debe calcularse sobre la remuneración total o íntegra del docente [Casación 34397-2023, Lima] Profesor-docente-catedratico-universidad-clases-colegio-alumnos-LP Derecho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2022/02/Profesor-docente-catedratico-universidad-clases-colegio-alumnos-LP-Derecho-218x150.png)
![[VIVO] Clase gratuita sobre reducción de multas de Sunafil. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/REDUCCION-MULTAS-SUNAFIL-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Es inconstitucional que los plazos de prescripción de la ejecución de la pena se suspendan mediante un decreto de urgencia, una resolución administrativa o un criterio judicial interpretativo, pues están regulados por una norma de rango legal [Exp. 04535-2023-PHC/TC, ff. jj. 16-17]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/tribunal-constitucional-4-LPDerecho-218x150.jpg)



![[VIVO] Clase gratuita sobre gestión pública y política judicial. Llena el formulario para recibir las diapositivas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/11/CLASE-GRATUITA-LUIS-CARLOS-NUNEZ-PUENTE-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Código de Protección y Defensa del Consumidor (Ley 29571) [actualizado 2025] Codigo proteccion defensa consumidor - LPDercho](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/Codigo-proteccion-defensa-consumidor-LPDercho-218x150.png)
![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/DECRETO-LEGISLATIVO-NOTARIO-1049-2025-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Ley General de Contrataciones Públicas [Ley 32069] (actualizada 2025)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/NUEVA-LEY-GENERAL-CONTRATACIONES-PUBLICAS-LPDERECHO-218x150.png)
![Ley Orgánica de Elecciones (Ley 26859) [actualizada 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/05/Ley-organica-de-elecciones-LPDerecho-2025-218x150.jpg)





![[VÍDEO] ¿Quieres postular a la Fiscalía? Estas son las preguntas que hacen en las entrevistas](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2021/10/postular-fiscalia-preguntas-entrevista-LP-218x150.jpg)









![Código Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Civil peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-OFICIAL-CODIGO-CIVIL-2024-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2025]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Asegurar o custodiar el celular del testigo no es un acto de investigación, sino un acto previo destinado a preservar la integridad de la fuente; solo la extracción y análisis pericial del contenido del celular constituye un acto de investigación que requiere notificación y habilita la posibilidad de designar perito de parte [Apelación 316-2024, Corte Suprema, ff. jj. 11-13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-324x160.jpg)


![Servir declara nula «carta de no renovación» de trabajadora CAS en estado de gestación por falta de motivación [Res. 004712-2025-Servir/TSC-Segunda Sala]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/03/embarazo-mujer-trabajo-salud-bebe-LPDerecho-100x70.jpg)


![Asegurar o custodiar el celular del testigo no es un acto de investigación, sino un acto previo destinado a preservar la integridad de la fuente; solo la extracción y análisis pericial del contenido del celular constituye un acto de investigación que requiere notificación y habilita la posibilidad de designar perito de parte [Apelación 316-2024, Corte Suprema, ff. jj. 11-13]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-BIBLIOTECA-LPDERECHO-100x70.jpg)
![Criterios para evaluar la existencia de arraigos en el caso de imputados extranjeros (caso Jorge Barata) [Exp. 00003-2017-159]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/01/Jorge-Barata-lp-derecho-324x160.jpg)