Guía de consulta pública del análisis de impacto regulatorio [Resolución 012-2021-PCM-SGP]

Publicado el 29 de julio de 2021, en el diario oficial El Peruano.

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Mediante la Resolución 012-2021-PCM-SGP, la Presidencia del Consejo de Ministros aprobó el Guía de consulta pública en el marco del análisis de impacto regulatorio (AIR).


Aprueban el Formato Único de Agenda Temprana y la Guía de Consulta Pública en el marco del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR)
RESOLUCIÓN DE SECRETARÍA DE GESTIÓN PÚBLICA Nº 012-2021-PCM-SGP

Lima, 26 de julio del 2021

VISTO:

El Informe Nº D000179-2021-PCM-SSSAR de la Subsecretaría de Simplificación y Análisis Regulatorio de la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros;

CONSIDERANDO:

Que, el artículo 4 del Decreto Legislativo Nº 1448, Decreto Legislativo que modifica el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, y perfecciona el marco institucional y los instrumentos que rigen el proceso de mejora de calidad regulatoria, establece que  la mejora de la calidad regulatoria es un proceso ordenado, integral, coordinado, gradual y continuo orientado a promover la eficiencia, eficacia, transparencia y neutralidad en el ejercicio de la función normativa del Estado. Fomenta una cultura de gestión gubernamental centrada en el ciudadano, por la cual la Administración Pública decide usar la regulación como un instrumento para alcanzar un objetivo de política pública, adoptando la decisión de regular basado en evidencia, racionalidad, evaluación de sus posibles impactos y cargas administrativas con la finalidad de generar y facilitar el desarrollo integral y bienestar social;

Que, según lo dispuesto en el artículo 5-A de la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, el Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública tiene por finalidad promover y mejorar la calidad en las regulaciones en el ámbito de la competencia de la Presidencia del Consejo de Ministros; asimismo, establece que esta entidad, a través de la Secretaría de Gestión Pública, ejerce la rectoría del Sistema Administrativo de Modernización de la Gestión Pública;

Que, mediante Decreto Supremo N° 063-2021-PCM se aprueba el Reglamento que desarrolla el marco institucional que rige el proceso de mejora de la calidad regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, con la finalidad de establecer las reglas y responsabilidades para garantizar el adecuado funcionamiento del marco institucional para la Mejora de la Calidad Regulatoria, así como la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante;

Que, la Sexta Disposición Complementaria Final del citado Reglamento, establece que la Secretaría de Gestión Pública de la Presidencia del Consejo de Ministros articula con las entidades públicas competentes para la aprobación, mediante resolución ministerial de la Presidencia del Consejo de Ministros, de los Lineamientos para la aplicación de la Agenda Temprana a la que se refiere su artículo 13 y para la aplicación de la Consulta Pública a la que se refiere su artículo 14, en un plazo no mayor a noventa (90) días hábiles contados a partir del día siguiente de la publicación del citado Reglamento;

Que, la Única Disposición Complementaria Final de los Lineamientos para la aplicación de la Agenda Temprana y de la Consulta Pública en el marco del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobados por Resolución Ministerial N° 163-2021-PCM, señalan que, mediante Resolución de Secretaría de Gestión Pública, publicada en el diario oficial El Peruano, se aprueba el Formato Único de Agenda Temprana y la Guía de Consulta Pública en el marco del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR), en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles, contados a partir del día siguiente de la publicación de los citados Lineamientos;

Que, en este sentido, resulta necesario aprobar el Formato Único de Agenda Temprana y la Guía de Consulta Pública en el marco del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR), que, de modo complementario a los citados Lineamientos, permitirá asegurar un proceso de implementación efectivo y una mejora progresiva en la calidad de las regulaciones, considerando la participación de las partes interesadas y la ciudadanía en general, contribuyendo así al desarrollo integral, sostenible; y al bienestar social;

De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el Decreto Legislativo Nº 1448, Decreto Legislativo que modifica el artículo 2 del Decreto Legislativo Nº 1310, Decreto Legislativo que aprueba medidas adicionales de simplificación administrativa, y perfecciona el marco institucional y los instrumentos que rigen el proceso de mejora de calidad regulatoria; el Decreto Legislativo Nº 1446, Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado; el Reglamento que desarrolla el Marco Institucional que rige el Proceso de Mejora de la Calidad Regulatoria y establece los Lineamientos Generales para la aplicación del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobado por Decreto Supremo N° 063-2021-PCM; y, los Lineamientos para la aplicación de la Agenda Temprana y para la aplicación de la Consulta Pública en el marco del Análisis de Impacto Regulatorio Ex Ante, aprobados por Resolución Ministerial N° 163-2021-PCM.

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobación

Apruébase el Formato Único de Agenda Temprana, que como Anexo 1 forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Aprobación

Apruébase la Guía de Consulta Pública en el marco del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR), que como Anexo 2 forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 3.- Publicación

Publíquese la presente Resolución de Secretaría de Gestión Pública y sus Anexos, aprobados mediante los artículos 1 y 2, en la Plataforma Digital Única para Orientación al Ciudadano (www.gob.pe) y en la sede digital de la Presidencia del Consejo de Ministros (www.gob.pe/pcm), el mismo día de la publicación de la presente norma en el diario oficial El Peruano.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

SARA MARIA AROBES ESCOBAR
Secretaria de Gestión Pública

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