El Centro de Estudios de Derecho Penal Económico y de la Empresa (CEDPE), la Asociación Internacional de Derecho Penal (AIDP) y la Asociación Internacional de Compliance (AIC), organiza el II Curso Internacional de Especialista en Derecho probatorio:La prueba en los delitos de lavado de activos y corrupción de funcionarios, que se desarrollará los días 27 y 28 de junio, de manera presencial, en el Hotel Pullman de San Isidro.
El inicio es el día 27 de junio a las 9 a. m. con la primera conferencia y ese día culminará con la tercera conferencia que se llevará a cabo a las 6 p. m.
El día 28 de junio empezará a las 9 a. m. con un panel y el Curso culminará con la última conferencia al medio día.
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A los asistentes se les otorgará el certificado de asistencia al Curso. A quienes presenten un trabajo original de hasta cinco páginas y sea aprobado por el comité académico del Curso, se le otorgará el Certificado de “Especialista en Derecho Probatorio”.
CRONOGRAMA
JUEVES 27 DE JUNIO
Conferencia 1: Prof. Dr. Juan Luis Gómez Colomer (Universitat Jaume I)
Tema: La prueba indiciaria en la jurisprudencia del Tribunal Supremo (España) en los delitos de blanqueo de capitales
Panelista: Prof. Mag. Pablo Talavera Elguera
Conferencia 2: Prof. Dr. Dino Carlos Caro Coria
Tema: La prueba en la determinación de la responsabilidad de la persona jurídica en los delitos de lavado de activos y corrupción ¿Cómo se acredita en el proceso penal la implementación y eficiencia del criminal compliance?
Panelista: Mag. Karolaym Herrera Esquivel
Conferencia 3: Prof. Luis Reyna Alfaro
Tema: La prueba indiciaria en el delito de lavado de activos y corrupción de funcionarios
Panelistas: Prof. Dr. Fidel Mendoza Llamacponcca y Profa. Mag. Mariella Valcárcel Angulo
Conferencia 4: Profa. Dra. Laura Zúñiga Rodríguez (Universidad de Salamanca)
Tema: La necesaria reforma de los delitos de corrupción y lavado de activos.
Panelista: Prof. Dr. Gerardo Luis Lamas Suárez
Conferencia 5: Prof. Dr. Miguel Polaino-Orts
Tema: La prueba de las agravantes en el delito de lavado de activos
Panelista: Prof. Dr. José Antonio Caro John
Conferencia 6: Prof. Dr. Luis Fernando Iberico Castañeda
Tema: La prueba en el proceso de extinción de dominio: ¿Cuáles son los principios, reglas probatorias y el estándar probatorio que rigen?
Panelista: Prof. Mag. Enrique Cubillas Boy
Conferencia 7: Mg. Ana Cecilia Hurtado Huailla
Tema: La prueba en el proceso de colaboración eficaz en los delitos de lavado de activos y corrupción
Panelistas: Abog. Miguel Avalos Alva y Abog. Virginia Naval Linares
Conferencia 8: Prof. Dr. César San Martín Castro
Tema: La prueba en los delitos de corrupción según la jurisprudencia de la Corte Suprema
Panelista: Prof. Mag. Julio César Espinoza Goyena
VIERNES 28 DE JUNIO
Conferencia 9: Prof. Dr. Julio Balllesteros Sánchez
Tema: La prueba en la determinación de la responsabilidad de los accionistas, gerentes y representantes de hecho y derecho, en los procesos por delitos de corrupción
Panelista: Carlos Hermoza (Aenza)
Conferencia 10: Dr. Luis Yshií Meza
Tema: La prueba digital en el proceso penal y su incidencia en los delitos de lavado y corrupción
Panelistas: Mag. Luz Valenza Trujillo y Mag. Carmen Ruiz Baltazar
Conferencia 11: Prof. Dr. Justo Balmaceda Quirós
Tema: La prueba del “origen ilícito” como elemento objetivo del tipo de lavado de activos.
Panelista: Prof. Jorge Paredes Pérez
Conferencia 12: Prof. Dr. Miguel Abel Souto (Universidad de Santiago de
Compostela)
Tema: El elemento subjetivo en los delitos de blanqueo de capitales y corrupción de funcionarios
Panelista: Prof. Luis Lamas Puccio
Vacantes Limitadas
INFORMACIÓN E INSCRIPCIONES
- [email protected]
- (51) 51 49100 – Anexo 112
- +51 940 068 048
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![No se puede asumir que, en ejercicio del derecho a la objeción de conciencia, al considerar que las resoluciones en otros procesos eran arbitrarias, se pueda justificar su conducta evasiva de la justicia al ocultarse de las autoridades (caso Cerrón Rojas) [Exp. 00062-2021-40-5002-JR-PE-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/VLADIMIR-CERRON-DOCUMENTO1-LPDERECHO-218x150.jpg)

![El silencio, tomando en cuenta los demás elementos probatorios actuados, puede inducir a sospecha, esto es, darle un sentido interpretativo, pero una sospecha no es un indicio [Casación 2987-2022, Piura, f. j. 6.11]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/10/MAZO-JUEZ-SENTENCIA-PENAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Sala prohíbe cautelarmente el uso de los caballos para reprimir multitudes [Expediente 00316-2018-86]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/01/policia-montada-peru-protesta-caballo-LPDerecho-218x150.png)
![Investigado que pagó la deuda tributaria en fecha posterior a la acusación penal pierde la oportunidad del ser eximido de la investigación penal por regularización tributaria [Casación 3641-2024, Lambayeque, f. j. 5.17]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/07/JUEZA-MAZO-LPDERECHO-218x150.jpg)

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![Modifican Reglamento de financiamiento de fondos partidarios de la ONPE [Resolución Jefatural 000042-2026-JN/ONPE]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/03/oficina-nacional-procesos-electorales-onpe-LPDerecho-218x150.jpg)
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![Decreto Legislativo del Notariado (Decreto Legislativo 1049) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/Decreto-legislativo-notariado-LPDerecho-218x150.png)
![Constitución Política del Perú [actualizada 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/08/CONSTITUCION-RELEVANTE-Y-ACTUAL-LPDERECHO-218x150.jpg)
![Nuevo Código Procesal Constitucional (Ley 31307) [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-3-218x150.jpg)
![Reglamento Normativo del Tribunal Constitucional [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/02/BANNER-CONSTI-REGLAMENTOS-218x150.jpg)
![Ley de Delitos Informáticos (Ley 30096) [actualizada]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/08/ley-de-delitos-informaticos-ley-30096-actualizada-LPDERECHO-218x150.jpg)












![[VIVO] Clase magistral sobre los problemas del control de acusación (17 marzo)](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/CLASE-MAGISTRAL-CONTROL-DE-ACUSACION-LPDERECHO-218x150.jpg)

![Es irrazonable sostener que el arraigo familiar está ampliamente relativizado porque se tiene un régimen patrimonial conyugal de separación de bienes, los hijos son mayores de edad, y uno de ellos ya culminó su carrera profesional [Casación 50-2020, Tacna, f. j. 4]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2023/02/palacio-justicia-poder-judicial-PJ-fachada-frontal-corte-LPDerecho-218x150.png)





![Código Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/05/VENTA-CODIGO-PENAL-LPDERECHO-100x70.jpg)

![Código Procesal Penal peruano [actualizado 2026]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2024/02/VENTA-CODIGO-PENAL-BANNER-POST-TAPA-DURA-LPDERECHO-100x70.jpg)


![[VÍDEO] Candidato presidencial imita oratoria de Alan García](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2026/03/maxresdefault-91-100x70.jpg)

![No se puede asumir que, en ejercicio del derecho a la objeción de conciencia, al considerar que las resoluciones en otros procesos eran arbitrarias, se pueda justificar su conducta evasiva de la justicia al ocultarse de las autoridades (caso Cerrón Rojas) [Exp. 00062-2021-40-5002-JR-PE-02]](https://img.lpderecho.pe/wp-content/uploads/2025/09/VLADIMIR-CERRON-DOCUMENTO1-LPDERECHO-100x70.jpg)


