Candidato lanza proyecto de ley para decidir en referéndum convocatoria a asamblea constituyente que dicte nueva Constitución

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El abogado penalista Paolo Aldea Quincho, candidato al Congreso por el partido Perú Libre, difundió a través de sus redes sociales, un proyecto de ley que convoca a un referéndum nacional para aprobar la convocatoria a una asamblea constituyente que dicte una nueva Constitución.

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El autor califica a la Constitución de 1993 de «fujimontesinista» y considera que los resultados de su aplicación han sido «nefastos». A continuación compartimos el proyecto.

Los Congresistas de la República del Grupo Parlamentario Perú Libre, presentan a Consideración del Congreso de la República el siguiente Proyecto de Ley:

PROYECTO DE LEY QUE CONVOCA A UN REFERÉNDUM NACIONAL PARA APROBAR LA CONVOCATORIA A UNA ASAMBLEA CONSTITUYENTE QUE DICTE UNA NUEVA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO

El Congreso de la República;

Considerando

Que, la Constitución Política del Estado que rige los destinos de la república desde el año 1993 fue elaborada por un gobierno espurio, que violentando la Constitución Política de ese entonces, destruyó las instituciones políticas y sociales del país.

Que, mediante esta Constitución Política se impuso un modelo económico neoliberal, que ha enriquecido de manera exponencial a una minoría empresarial favorecida por este sistema y ampliado inconmensurablemente la distancia entre esta minoría rica y las grandes mayorías empobrecidas de la nación.

Que, hoy en día más de 6.6 millones de peruanos aún se encuentran en situación de pobreza, es decir tienen que vivir con menos de 22 soles diarios por todo concepto;

Que, 18 niños de cada mil mueren antes de cumplir un año de vida por razones que podrían prevenirse;

Que, no es posible atender a miles de peruanos enfermos, porque los hospitales públicos son insuficientes, carecen de médicos especialistas, equipamiento adecuado y medicinas;

Que, la educación pública que reciben nuestros niños es una de las peores de América Latina, el salario de los maestros no alcanza para que puedan vivir con un mínimo de dignidad, la infraestructura de las escuelas públicas está deteriorada al extremo y los materiales educativos son de muy mala calidad.

Que, millones de peruanos siguen viviendo en casas precarias y tugurizadas, carentes de servicios de agua potable, desagüe y electricidad.

Que, el modelo económico neoliberal que se impuso con la Constitución Política del año 1993 y que aún está vigente, lejos de atender estas necesidades básicas de la población ha servido para que las empresas extractivas extranjeras tengan carta blanca para expoliar las materias primas de la nación, sin que éstas aporten de manera efectiva al desarrollo de las provincias donde se encuentran los yacimientos.

Que, aprovechando la inacción del Estado constreñido por la Constitución Neoliberal del año 1993, las grandes empresas monopólicas han colocado los precios de los combustibles y carburantes, necesarios para el transporte de personas y mercancías, a niveles descabellados, más altos que en los Estado Unidos de Norte América o Chile, que no produce un solo barril de petróleo, sin que los órganos públicos encargados de su control puedan intervenir, pues se encuentran coactados por las disposiciones constitucionales que se lo impiden.

Que, estas ataduras también se aplican al fundamental mercado de las medicinas, las cuales cuestan en el Perú hasta 30 veces más que países desarrollados, porque aquí no es posible normar los precios de estos medicamentos fundamentales.

Que, este impedimento de acción pública aplicado a los servicios financieros nacionales, permite que las empresas financieras y comerciales, la gran mayoría extranjeras, cobren intereses usureros a los usuarios del crédito en sus diferentes formas, llegando a cobrarse hasta 300 % de interés anual lo que es evidentemente un robo legalizado por la espuria Constitución fujimorista. Luego estas empresas remesan a sus países de origen los dólares extraídos de los bolsillos de los peruanos.

Que, la Constitución Fujimorista del año 1993 impide que el Estado mediante las empresas públicas participe en los diferentes mercados ofreciendo a la población alternativas de bienes y servicios a precios racionales y así impida por regulación práctica, los grandes abusos que hoy se cometen contra la población de menores recursos.

Que, el gobierno de la nación, a pesar de los enunciados sigue estando centralizado en un Poder Ejecutivo omnímodo, que dicta desde Lima todas las disposiciones importantes para el desarrollo del país, dejando a los gobiernos regionales y locales en una posición mendicante ante el Ministerio de Economía y Finanzas, que dicta como, cuando y cuanto se destina a los proyectos de desarrollo del interior del país.

Que, los sistemas de gobierno, de representación, de partidos políticos, de elecciones y de justicia, siguen estando al servicio de la corrupción y de la explotación de los recursos nacionales por unos pocos empresarios nacionales y extranjeros, que medran y corrompen al servicio público para asegurar sus intereses.

Que, es un clamor popular amplio y urgente que se elabore y apruebe una nueva Constitución Política del Estado, que elimine las trabas para que nuestro país adopte un nuevo sistema político, social y económico que   establezca un nuevo contrato social fraterno, solidario y responsable privilegiando la inclusión de todos los peruanos.

Que, el modelo económico y social establecido por el neoliberalismo, definido como capitalismo salvaje por el Papa Juan Pablo II, debe ser transformado por un sistema que proteja a los ciudadanos de los abusos del mercado y que, a la par que brinda facilidades para el desarrollo empresarial honesto, exija actuar siempre con responsabilidad social.

Que, como queda demostrado por las eclosiones sociales que se viven con diferentes matices en las repúblicas de Chile, Colombia, Ecuador y Bolivia en América Latina y otras naciones en el mundo entero, es necesario un cambio hacia modelos socioeconómicos gobernados por la búsqueda del bienestar y el progreso del ser humano antes que solo por la tasa de ganancia empresarial.

Que, en nuestro país hemos vivido un inmenso conflicto social durante más de 15 años que ha tenido como caldo de cultivo la desigualdad social y que nos ha costado decenas de miles de víctimas en enfrentamientos que tenemos la obligación generacional de evitar.

Que, es necesario elaborar una nueva Carta Magna que sea un instrumento eficiente para impulsar a nuestra sociedad con orden y serenidad, pero con energía y firmeza, hacia la consecución del desarrollo con justicia social para todos.

Convencidos, que en una sociedad democrática la base del poder se encuentra en las decisiones que el pueblo adopte y que éste es libre de decidir sus destinos.

Que, en esta línea de reflexión, el Referéndum Nacional que proponemos es la única vía posible para avanzar hacia la solución de los conflictos sociales que se están gestando en nuestro país.

ACUERDA:

Artículo Único.-

Convocar a un Referéndum Nacional para aprobar la conformación de una Asamblea Constituyente, que elabore una nueva Constitución Política del Estado derogando la Constitución del año 1993. Este referéndum nacional deberá ser realizado a más tardar en el mes de abril del año 2020 y la conformación de la Asamblea Constituyente que se convoca, será establecida por una ley especial aprobada con prioridad por el Congreso de la República.

Lima, marzo de 2020

Firmas de los congresista electos de Perú Libre

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La constitución del año 1993 fue impuesta por una dictadura

  • En el Perú en el año 1980, la democracia fue restituida al haberse elegido un congreso y un gobierno normado por la Constitución del año 1979. Esta carta constitucional fue elaborada por una Asamblea Constituyente elegida democráticamente, después de que los gremios de trabajadores, los estudiantes, los partidos políticos y, en general, la población organizada del país, desarrollara un nutrido programa de protestas y exigencias que se realizó desde el año 1975 y duró hasta que el gobierno militar dejó el poder en Julio del año 1980. Esta Constitución, que por primera vez en el Perú incorporaba la normatividad internacional sobre los derechos de las personas, el rol activo del estado en el desarrollo económico del país, la regulación de las empresas monopólicas etc., estuvo vigente hasta el 5 de abril del año 1992, cuando se produjo el golpe de A. Fujimori y Vladimiro Montesinos.
  • No existía ninguna razón o circunstancia política para este golpe de estado. En ese momento y hasta ahora nadie se explicaba con claridad cuál fue el motivo real, pues el Parlamento le había concedido al Ejecutivo hasta en dos oportunidades las facultades legislativas que había solicitado y mediante decretos de urgencia podría haber aprobado todas normas que requiriese, en particular las que considerase necesario para la lucha contra el terrorismo. Lo cierto es que el golpe de estado le permitió a V. Montesinos asegurar su control del aparato estatal; fraguó la necesidad del golpe de Estado, convenció a A. Fujimori de realizarlo, capturó para su propósito a los mandos de las FFAA y desde ese punto, y realizado el golpe, se adueñó de todos los poderes públicos por toda la década de los 90 en una dictadura sangrienta, compartida con Alberto Fujimori.
  • En el año 1992 fue elegido el Congreso Constituyente Democrático, que aprobó la nueva Carta Magna que fue elaborada con el propósito de legitimar al gobierno fujimontesinista. Fue una Carta Magna hecha a la medida de la dictadura, que no solo diluyó muchos derechos fundamentales de la persona, redujo el rol regulador del Estado, lo sacó del mercado, dejándole un rol fundamentalmente subsidiario, válido solo cuando la actividad privada no estuviera interesada o no pudiera actuar en tal o cual sector o subsector de la actividad económica.  Este cambio constitucional no fue establecido por el CCD de manera circunstancial. Fue establecido para que los sectores empresariales de mayor dimensión pudieran trabajar y establecer sus tasas de ganancia sin mayor limitación. Así desaparecieron casi todas las empresas públicas en los sectores claves de la economía nacional. La dictadura fujimontesinista privatizó, (léase vilipendió), las empresas públicas de los sectores de la energía eléctrica, la pesca, las telecomunicaciones, la minería, etc. y limitó la actividad del estado. Dicho sea de paso, del total de los recursos obtenidos por las ventas de las empresas públicas, estimados por diversos estudios en más de 8,500 millones de dólares, las acciones de control posterior a la caída de la dictadura no hallaron un solo dólar de estas privatizaciones en el erario público. Gracias a las restricciones impuestas a la acción directa del Estado por la Constitución fujimontesinista, su actividad desapareció en casi todos los sectores productivos, dejando a las empresas privadas, nacionales y sobre todo extranjeras, carta blanca para que exploten sin cortapisas la economía nacional.

Los resultados de la aplicación de la constitución fujimontesinista han sido nefastos. 

  • Han sido diversas casas de estudios que han analizado los efectos de la Constitución del 93. Como se ha dicho una de las primeras acciones fue privatizar las empresas estatales y reducir los servicios públicos para que sean atendidos por el sector privado. Así, se vendieron la gran mayoría de las empresas públicas, que en su momento generaban más del 25 % del PBI nacional.  La Universidad Mayor de San Marcos, después de 10 años de ejecutada la privatización, hizo un balance de los procesos que señala que: … Los resultados económicos en los sectores de telecomunicaciones y energía, han beneficiado enormemente a las empresas, perjudicando a los usuarios que han sufrido el deterioro sistemático y permanente de su capacidad adquisitiva como consecuencia de un crecimiento continuo del nivel de precios de dichos servicios. En otra de sus conclusiones señala que…Los precios de los servicios públicos privatizados se encuentran muy por encima de las capacidades reales de los usuarios, que en los últimos diez años han perdido en forma significativa su capacidad adquisitiva. (http://sisbib.unmsm.edu.pe/bibvirtual/publicaciones/administracion/v05_n9/evaluacion_proceso.htm.
  • En aplicación de la propuesta constitucional neoliberal de reducir la acción del Estado a un rol subsidiario, también se ha reducido la acción del Estado en sectores claves como la educación y la salud. En materia educativa se ha reducido en forma significativa y sistemática la acción del Estado. Si en el año 1993, cuando se aprobó la constitución fujimontesinista, el 90 % de la educación básica era pública, en el año 2018 ya era menor al 50 % del total, siendo que la educación de los colegios privados había rebasado la atención de la matrícula. La matrícula privada de educación básica, en Lima Metropolitana alcanzó el 50 % del total de la población escolar en este nivel en el año 2014. En el año 2019 avanza al 55%.
  • Este fenómeno no se ha dado de manera aleatoria. Los padres de familia han preferido buscar alternativas a la escuela pública porque ésta ha ido empeorando su calidad y se dan cuenta que, siendo la educación la mejor inversión para el futuro de sus hijos, se esfuerzan por conseguir mejores escuelas. El empeoramiento de la atención estatal a los colegios públicos ha sido el instrumento usado por neoliberalismo para privatizar gradualmente la educación. Esto se lo debemos a la política neoliberal impuesta por la constitución fujimontesinista y continuada desde el MEF por sus acólitos que han manejado este sector con las mismas recetas que ellos.
  • Lo mismo podemos decir de la salud pública. Las recetas usadas por el neoliberalismo ha sido desatender los servicios de salud de los hospitales públicos e incluso de los hospitales de la seguridad social. Hoy en día si una familia requiere tener la salud de sus miembros con cierta garantía de atención oportuna y de calidad, aun cuando tenga seguro social en salud, debe buscar tener un seguro de salud privado, pues en los sistemas públicos y de la seguridad social deberás esperar turnos que ofrecen citas de 30, 60 y hasta 90 días, nunca tienen las medicinas completas, no tienen los médicos especialistas, no tienen los equipos etc.  La salud pública, de la misma manera que  la educación pública, está en un permanente proceso de reducción, haciendo añicos el enunciado constitucional de que todos los peruanos tienen derecho a este servicio.
  • A este respecto vale la pena observar las reacciones del gremio de comerciantes farmacéuticos que se han opuesto furibundamente a la obligación de vender medicinas básicas. Ellos aducen que quien tiene obligación con la sociedad es el Estado y no los comerciantes, que solo tienen obligación con ellos mismos. Levantan su derecho a vender las medicinas al precio que quieran y eso es todo. Pues con lo que la Constitución fujimontesinista ha establecido podrán sortear la obligación de vender productos genéricos mediante acciones de amparo. Las limitaciones que la Carta del 93 establece favorecen al comerciante y no a los pacientes o enfermos que requieren las medicinas al menor precio posible.
  • Recuperada la democracia a fines del año 2000, cuando huyó del país cobardemente A. Fujimori y se comenzaron a rehacer las instituciones públicas con el gobierno de transición de Valentín Paniagua. Hubieron discusiones acerca de qué hacer con la Constitución de 1993. Unos opinaban que había que convocar a una Asamblea Constituyente o en su defecto otorgar facultades constitucionales al Congreso por seis meses. Otros que había que volver a la Constitución de 1979, a la que se le debía añadir algunas virtudes de la del 93, otros que había de hacer una modificación integral a esta Carta etc. Para este efecto se conformó una comisión de juristas que propuso la reforma integral de la Constitución del 93. Esta propuesta es la que finalmente se adoptó pero se quedó a medio camino, pues el pleno del Congreso en el 2004 la paralizó cuando ya estaba muy avanzada y se iba a entrar a debatir el régimen económico. Los intereses empresariales en esa oportunidad se movieron y fue precisamente desde la bancada del PPC que se pidió que no se siga avanzando. En resumen, este problema no ha quedado resuelto hasta ahora y es tiempo de retomarlo de una vez por todas.
  • Como hemos explicado urge adoptar las decisiones para el cambio de la Constitución, pues el país no puede seguir por este camino, ya que de forma gradual pero sostenida, en pocos años más tendremos servicios públicos reducidos a su mínima expresión o inexistentes y empresas privadas lucrando, educando y atendiendo la salud de los peruanos, con el sacrificio de la calidad de los servicios que reciben los más pobres, pues el mercado, ese que endiosa la política neoliberal, es nefasto para atender los servicios públicos gratuitos para la población.
  • Esta es la realidad que las mayorías nacionales tenemos que cambiar y todo ello pasa por cambiar la constitución fujimontesinista. No es el mercado capitalista el que debe decidir sobre si debemos o no tener una educación pública y una atención medica de calidad para todos. Si todas las viviendas urbanas y rurales deben tener servicios de agua, desagüe y electricidad. Si las empresas y consorcios privados y también los públicos por supuesto, deben ajustarse a las normas ambientales para aminorar los efectos perniciosos del cambio climático. Estas deben ser decisiones de todos los peruanos, probablemente son las decisiones más importantes que tenemos que tomar para permitirnos avanzar hacia un futuro mejor para todos nosotros.

MARCO LEGAL E INCIDENCIA SOBRE LA LEGISLACIÓN NACIONAL

El proyecto de ley que se presenta tiene como fundamento el derecho de los ciudadanos a participar directamente en las decisiones políticas que afectan a la sociedad y cuya aplicación determinarán el éxito o el fracaso de los individuos que la conforman.

Este derecho está reconocido en todas las constituciones políticas que han regido los destinos de la república, incluso en la Constitución del 93, cuando reconoce en el Art 2°- 17 que todas persona tiene el derecho de Participar, en forma individual o asociada, en la vida política, económica, social y cultural de la Nación y que los ciudadanos tienen, conforme a ley, los derechos de elección, de remoción o revocación de autoridades, de iniciativa legislativa y de referéndum. También en el Art. 31 establece que los ciudadanos tienen derecho a participar en los asuntos públicos mediante referéndum; iniciativa legislativa; remoción o revocación de autoridades y demanda de rendición de cuentas. Para concluir que (art. 32) Pueden ser sometidas a referéndum la reforma total o parcial de la Constitución, la aprobación de normas con rango de ley, las ordenanzas municipales y las materias relativas al proceso de descentralización.

Una nueva Carta Magna equivale a suscribir un nuevo contrato social que reconozca los derechos de todos los peruanos a recibir los servicios fundamentales de la salud, la educación, la vivienda, la seguridad, etc., de manera igualitaria y que el Estado oferte estos servicios con calidad para que todos puedan acceder a ellos.

En lo referente a la incidencia de esta propuesta legislativa en las leyes del país, esta propuesta legislativa en sí misma, al convocar la realización un referéndum, no incidirá por sí misma en la legislación nacional, en tanto que la Asamblea Constituyente que se propone, de ser aprobado el proyecto de ley por el Congreso y el referéndum correspondiente si lo podrá hacer.

ANÁLISIS COSTO BENEFICIO

Estimamos que costo de la realización del referéndum que se debería realizar en el mes de abril del 2020 se debe asemejar al costo del referéndum sobre el FONAVI, que se realizó en todo el país en el año 2010 y que en ese momento costó aproximadamente 102 millones de soles. Considerando una inflación acumulada desde entonces en un 18 % el costo podría estimarse entre 120 y 130 millones de soles.

Los beneficios de esta medida son incalculables, sobre todo en lo que se refiere a las posibilidades de destrabar los servicios públicos básicos en educación, salud, vivienda etc. para la población de menores recursos.

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